La Audiencia Provincial dicta esta decisión sobre la pensión de 350 euros que una madre le da a su hija: no quería dársela más porque dice que es una “mala relación”

La madre, que alegó distanciamiento con su hija para pedir la extinción de la pensión, ve desestimada su solicitud porque el vínculo primario no está roto definitivamente. La reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Álava ha negado la petición de una madre de retirar la pensión alimenticia de 350 euros que abona mensualmente a su hija. ¿El motivo de la solicitud? Asegura que apenas tienen contacto y que la relación maternofilial está muy deteriorada. Sin embargo, los jueces han considerado que esta falta de entendimiento no es tan unilateral como para justificar la supresión de la manutención.

El caso se inició con una resolución de primera instancia que fijaba la pensión de 350 euros, además de otras medidas relativas a gastos extraordinarios y acceso a documentación para solicitar becas. Posteriormente, la madre presentó un recurso de apelación, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo que contempla el cese de la pensión cuando los hijos mayores rompen de forma deliberada la relación con sus progenitores. No obstante, el tribunal alavés ha concluido que el distanciamiento no es responsabilidad exclusiva de la hija.

Cómo la jurisprudencia del Tribunal Supremo influye en las pensiones familiares y su extinción

La clave para entender este proceso se encuentra en la doctrina del Tribunal Supremo, que determina que, para extinguir una pensión por falta de relación, el alejamiento debe ser imputable de manera prácticamente absoluta al beneficiario. De ahí que, si se demuestra que el progenitor también ha contribuido a la ruptura, no cabe anular la manutención.

En este caso, los magistrados sostienen que la madre adoptó actitudes que incentivaron el conflicto, dificultando una convivencia emocional estable. A pesar de la tensión, la hija no mostró un total desinterés por mantener el contacto, por lo que el criterio de “abandono filial” exigido por la jurisprudencia no se cumple.

Por qué la Audiencia Provincial considera que el distanciamiento no justifica la supresión de la pensión alimenticia

La sentencia enfatiza que el vínculo afectivo, aun en una coyuntura conflictiva, no se ha roto de forma irreversible. Según el tribunal, las conductas maternas y las decisiones familiares relativas a los estudios universitarios han contribuido a la situación. Por tanto, al existir una corresponsabilidad en la falta de relación, no se puede penalizar de forma exclusiva a la hija retirándole la ayuda económica.

¿Te interesa saber cómo se reflejan estos argumentos en la sentencia? A continuación, se expone una tabla con los puntos esenciales que la Audiencia ha valorado:

CriterioDeterminación judicial
Existencia de un conflicto familiar bilateralNo se atribuye únicamente a la hija el rompimiento de la relación.
Distanciamiento sostenido en el tiempoNo se considera absoluto ni irreversible, ya que la hija no ha rehusado todo contacto.
Doctrina del Tribunal Supremo en casos similaresAplica solo cuando el alejamiento es intencionado y único por parte del beneficiario.
Actitud de la madre ante los estudios de la hijaSe ve como un factor que fomentó el conflicto y motivó la petición de extinción de la pensión.

Principales recomendaciones para quienes afrontan un proceso de manutención y desavenencias familiares

Para evitar malentendidos legales o conflictos prolongados, conviene tener en cuenta varios consejos:

  1. Buscar mediación familiar: a menudo, un profesional neutral ayuda a reconducir la relación.
  2. Informarse bien sobre la jurisprudencia vigente: es fundamental conocer los requisitos para extinguir o mantener una pensión.
  3. Mantener una comunicación fluida: aunque haya diferencias, documentar intentos de contacto puede resultar decisivo.
  4. Consultar con un experto legal: un abogado especializado en derecho de familia orienta sobre el procedimiento más adecuado.

En ocasiones, pequeñas acciones de conciliación y el asesoramiento correcto evitan largos litigios. La decisión de la Audiencia Provincial de Álava refuerza la idea de que la pensión alimenticia no puede suprimirse si el distanciamiento no depende exclusivamente del hijo. De hecho, los jueces insisten en que el “vínculo primario” sigue vigente, por lo que la manutención se mantiene. Si te encuentras en una situación similar, lo más aconsejable es recabar información, buscar mediación y, en último término, acudir a la vía judicial con un buen asesoramiento.

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