Ni 33 ni 35: se confirma la nueva edad para deducir el alquiler en la declaración de la Renta en Madrid 2025

La deducción del alquiler es uno los beneficios fiscales más populares en la declaración de la Renta. Hace 2 semanas que comenzó la campaña de declaración de tributos, donde más de 95.000 personas ya han presentado el borrador, según fuentes del organismo. Realizar este trámite de la manera correcta, a veces puede resultar difícil, por lo que recomendamos que en estos casos se acuda a un profesional. Así, los contribuyentes tendrán hasta el 30 de junio de 2025 para realizar la declaración de Renta. En esta línea, es importante conocer todas las deducciones tanto a nivel general (afecta a todo el territorio nacional) como autonómico, ya que podemos llevarnos sorpresas bastante positivas. Entre las regiones más destacadas, nos encontramos con la Comunidad de Madrid, donde se ha favorecido una de las deducciones más significativas: la del alquiler.

Se modifica la edad máxima para poder deducir el alquiler en la renta en la Comunidad de Madrid

Como ya hemos comentado, cada comunidad autónoma goza de sus propias deducciones, ya que cuentan con ciertas competencias normativas sobre estos impuestos. La Comunidad de Madrid cuenta con 7 tipos de beneficios fiscales para la vivienda en 2025 que pueden favorecer a muchos contribuyentes. En este contexto, los madrileños y madrileñas están de enhorabuena, puesto que con la entrada en vigor de la Ley 5/2024, de 20 de noviembre, se ha actualizado el límite de edad máxima, apara acogerse a la deducción del alquiler.

Hasta ahora, solo los menores de 35 años, podían beneficiarse de esta “ayuda”, pero a partir de este ejercicio el límite de edad se amplía hasta los 40 años. Recordamos, que cada comunidad autónoma cuenta con sus propias deducciones y “reglas”. Además, es esta medida se está extendiendo a otras regiones, como Andalucía, ya que es una de las regiones que más porcentaje de sueldo destina al alquiler. Dicha iniciativa, permite que los contribuyentes puedan aplicar un 30% sobre el importe anual pagado en concepto de alquiler, con un tope de 1.237,20 euros. Para poder beneficiarse de esta deducción, se debe tener una renta inferior a 26.414 euros en tributación individual o 37.322 euros en la conjunta. También es necesario, que el importe del alquiler represente más del 20% de la base imponible del contribuyente, que resulta de la suma de la base general y la del ahorro.

Más deducciones y beneficios fiscales en la renta 2025

Además de la deducción del alquiler, hay otros beneficios fiscales importantes y a tener en cuenta en la declaración de la Renta 2025:

  • Obras de eficiencia energética en viviendas.
  • Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible.
  • Instalación de puntos de recarga para coches eléctricos.
  • Deducciones por donaciones a ONG.

Por último, recordar algunas de las fechas relevantes en el calendario de la renta 2025. Del 6 de mayo al 30 de junio se puede hacer la presentación por teléfono (cita previa desde el 29 de abril). A partir del 2 de junio hasta el 30 de junio comienza la campaña de atención presencial en oficinas de Hacienda (cita previa desde el 29 de mayo). Así, el 25 de junio es el último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria.

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