Más de 600 € al mes: el Estado confirma estas 2 ayudas para mayores de 50 años

Un respiro económico para quienes buscan empleo o cuentan con ingresos reducidos.

Los ciudadanos que han superado los 50 años pueden beneficiarse de dos prestaciones estatales: el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y el subsidio para mayores de 52 años. Ambas ayudan a quienes atraviesan un momento de dificultad laboral o cuentan con pocos recursos, pudiendo alcanzar importes superiores a 600 euros mensuales.

En el caso del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), el subsidio para mayores de 52 años ofrece 480 euros al mes y, además, cotiza para la jubilación, un aspecto que suele pasar desapercibido, pero que resulta esencial para no perder derechos futuros. Por su parte, la Seguridad Social gestiona el IMV, que no tiene una cantidad fija, pero cuya cuantía mínima se sitúa en 658,81 euros mensuales y puede llegar a 1.449 euros, dependiendo de la composición familiar.

Requisitos y documentos que los mayores de 50 años deben conocer para optar a estas prestaciones

Tanto el IMV como el subsidio exigen cumplir condiciones concretas. El subsidio para mayores de 52 años requiere haber agotado la prestación contributiva, demostrar carencia de rentas y mantener una actitud activa en la búsqueda de empleo. ¿Te interesa saber más? Uno de los aspectos básicos es no superar el 75% del salario mínimo interprofesional en ingresos mensuales, excluyendo pagas extra.

En el caso del Ingreso Mínimo Vital, se exige residencia legal y continuada en España de al menos un año y encontrarse en situación de vulnerabilidad económica. Este último requisito implica que los ingresos de la unidad familiar no superen la cuantía garantizada por el IMV en, al menos, 10 euros.

Pasos para tramitar el Ingreso Mínimo Vital y el subsidio en el SEPE sin contratiempos

El subsidio para mayores de 52 años se solicita ante el SEPE, ya sea presencialmente o a través de su sede electrónica. Para ello, es necesario presentar el formulario oficial y acreditar los requisitos. Posteriormente, el organismo revisará la solicitud y, en caso de aprobación, el beneficiario recibirá 480 euros al mes hasta que alcance la edad de jubilación o hasta que cambie su situación económica.

Por otro lado, el IMV se gestiona ante la Seguridad Social. Se puede tramitar en su plataforma online o en las oficinas, aportando la documentación que acredite ingresos, número de cuenta bancaria y la composición del hogar. De ahí que resulte fundamental preparar los justificantes necesarios con antelación. A continuación, se muestra una tabla con algunos ejemplos orientativos de las cuantías del IMV en 2025:

Composición del HogarCuantía Aproximada (mensual)
Un adulto (no monoparental)658,81 euros
Un adulto y un menor (no monoparental)856,46 euros
Un adulto y dos menores (no monoparental)1.054,10 euros
Un adulto y un menor (monoparental)1.001,40 euros
Un adulto y dos menores (monoparental)1.199,04 euros

Estas cantidades aumentan o disminuyen en función de la composición familiar y de posibles situaciones especiales, como la existencia de miembros con discapacidad.

Consejos para agilizar la gestión de ambas ayudas y evitar posibles denegaciones

Antes de solicitar cualquier prestación, conviene comprobar la documentación requerida (DNI, certificado de empadronamiento, justificantes de ingresos). Además, es recomendable revisar que se cumplen todos los requisitos de renta y edad. ¿Sabías que omitir información puede frenar la resolución de tu expediente? Por tanto, conviene consultar previamente la web oficial del SEPE o la Seguridad Social para no incurrir en errores.

En síntesis, tanto el subsidio para mayores de 52 años como el Ingreso Mínimo Vital resultan esenciales para quienes, superada la barrera de los 50, encuentran dificultades económicas o de empleo. Estas dos ayudas pretenden evitar la exclusión social y garantizar un respaldo económico hasta que sea posible encontrar trabajo o alcanzar la jubilación.

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