El Banco de España advierte del cierre masivo de cuentas bancarias para quienes no entreguen esta documentación en mayo

El Banco de España avisa que en el próximo mes las entidades bancarias procederán a cierre masivo de cuentas de todos aquellos clientes que no cumplan ciertas condiciones. Con esta medida, se busca garantizar un correcto cumplimiento de la actual normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y evitar de este modo el uso fraudulento del sistema financiero español. “Para bloquear una cuenta, el banco deberá tener una causa justificada y avisar al titular para evitar los posibles perjuicios derivados de la devolución de ingresos, disposiciones o recibos”, según ha comunicado el Banco de España a través de su web oficial.

Los bancos cerrarán las cuentas bancarias de todas las personas que no realicen este trámite

Según dicta la actual normativa que combate el blanqueo de capitales, las entidades bancarias ahora deben informar acerca de la identidad de los titulares y la procedencia de sus fondos de cara a identificar a todos sus clientes y comprobar que cumplen con las exigencias legales establecidas. En el caso de que el cliente se niegue a facilitar dichos datos, el banco tendrá derecho a cerrar su cuenta de forma inmediata.

Otra de las posibles causas por la cual las entidades bancarias pueden proceder al cierre de cuentas de sus clientes es cuando surjan discrepancias entre cotitulares de las mismas. Esto quiere decir que si se da el caso en el que varios de los titulares de una misma cuenta (o sus herederos) dan instrucciones a la entidad que se contradicen entre sí, el banco podría optar por suspender la operativa hasta esclarecer la situación o se llegue a un acuerdo entre todas las partes implicadas. Pudiendo incluso a intervenir la justicia, en el caso de que se requiera.

El cierre de cuentas: ¿es definitivo?

Por supuesto, en la mayoría de los casos, el cierre de una cuenta se puede revertir, salvo en determinadas ocasiones. Si la cancelación se diera por falta de documentación aportada, el cliente afectado tan solo tendría que aportar la documentación faltante y el banco procedería a reactivar el servicio. No obstante, si el motivo de la cancelación hace referencia a un posible conflicto entre cotitulares de una cuenta, la reactivación de la misma dependerá de que las partes afectadas alcancen un acuerdo o se dé una resolución judicial al respecto. El Banco de España hace especial hincapié en la importancia de cumplir esta nueva normativa bancaria y recuerda a los usuarios que el cierre de una cuenta no es una medida arbitraria, sino una acción regulada que pretende garantizar la seguridad del sistema financiero español y prevenir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales.

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