Ya han pasado algunos días desde que España se enfrentara a la catástrofe natural más cara de su historia. Y tras la tragedia por la perdida de un gran número de vidas humanas, los supervivientes se enfrentan ahora al drama de haber perdido sus hogares y negocios. Esto último ha provocado que muchas empresas se hayan visto obligadas a echar el cierre de forma indefinida, con la enorme pérdida de puestos de trabajo que esto supone y condenando a la ruina a empresarios y empleados que han visto como el sustento de sus familias ha sido arrastrado por las riadas. Aseguradoras, consorcios de seguros y agroseguros ya han garantizado que los afectados recibirán las indemnizaciones que sean oportunas, siempre y cuando las soliciten dentro del plazo establecido.
¿A quién y cómo se debe solicitar una indemnización por daños catastróficos?
Muchas empresas y negocios han visto como en unas pocas horas ha desaparecido lo que tantos años costó levantar. Ahora toca volver a reponerse, y para eso los seguros y el consorcio de compensación juegan un papel fundamental. Los seguros, sea cual sea la compañía, son los encargados de cubrir las perdidas de las personas aseguradas (hasta cierto punto), siempre y cuando hubieran contratado dicho seguro con anterioridad a los incidentes provocados por el temporal. Pero, ¿qué pasa con los negocios que no estuvieran asegurados o se diera la insolvencia de la compañía aseguradora? Es entonces cuando entra en juego el Consorcio de Compensación de Seguros, que, por lo general, es quien se hace cargo de la cobertura de los riesgos extraordinarios por daños catastróficos en España.
Lo normal es que las pólizas de seguros permitan un plazo máximo de 7 días para reclamar las indemnizaciones por daños, sin embargo, en este tipo de casos, los seguros suelen ser más flexibles y admiten plazos mucho más prolongados. Lo mejor es hacer recuento de daños cuanto antes y comunicárselo a la aseguradora antes de que el sistema colapse por el gran número de solicitudes que van a recibir durante los próximos días. Dependiendo de los desperfectos y perdidas económicas sufridas, serás derivado al consorcio de seguros al considerarse “riesgo extraordinario”. Para solicitar la indemnización hay que entrar a la web del Consorcio de Compensación de Seguros o llamar al 900 222 665.
¿Qué daños cubren las aseguradoras y el Consorcio de Compensación de Seguros?
El Consorcio de Compensación de Seguros cubre daños personales, daños materiales (vehículos de empresa, locales y establecimientos comerciales, etc.) y daños inmateriales como perdidas de ingresos. Si el asegurado tenía contratado un seguro de comercio, empresas e industria, este cubrirá los daños de continente del local y los de su contenido. Si la póliza incluía la cobertura de pérdida de beneficios por inundación, el negocio asegurado podrá recibir una indemnización por la paralización de su actividad empresarial en las condiciones estipuladas en el contrato por tratarse de un daño material. Por su parte, los propietarios de inmuebles alquilados (locales, naves industriales…) podrían recibir una indemnización por la pérdida de las rentas en las condiciones estipuladas en el contrato si hubieran contratado esta cobertura.
Por su parte, los seguros de automóvil para vehículos de empresa incluyen la cobertura frente a riesgos extraordinarios. Así pues, todos los propietarios que hayan visto su coche arrastrado por las riadas o dañado por vientos de más de 120 km/h serán indemnizados por parte del Consorcio de Compensación de Seguros. Los daños ocasionados por el granizo sobre la chapa y las lunas de los vehículos serán indemnizados por la aseguradora si el vehículo incluía la cobertura de rotura de lunas o de daños propios. Por último, los seguros agrícolas cubren los daños que la DANA haya causado sobre las cosechas, animales e instalaciones agrícolas aseguradas.
Esperamos que con este artículo hayamos resuelto alguna de tus dudas y contribuido a levantar de nuevo ese negocio que tanto te costo poner en marcha. Si quieres estar al tanto de las ayudas proporcionadas por el Gobierno de España, te sugerimos que entres a nuestro portal, donde encontrarás la información detallada sobre este y otros asuntos de interés.