Desde que el 28 de noviembre el Instituto Nacional de Estadística (INE) publicase el dato del IPC de noviembre, que estaba en un 2,4, se ha especulado sobre cuál será la cifra final de subida de las pensiones para 2025. A partir de este dato, se puede deducir cuáles serán las nuevas cuantías, ya que desde la aprobación de la Ley 20/2021, las pensiones suben cada año conforme lo hace el índice de precios al consumo. Esta medida se tomó para evitar que los pensionistas pierdan poder adquisitivo.
Hoy se ha publicado el porcentaje definitivo que será de un 2,8%. Esta revalorización supondrá para los 6 millones y medio de personas que cobran una pensión media de jubilación (la que cobran más de dos tercios de pensionistas en España) un aumento de los 1.441,77 euros mensuales a los 1.481,30. Esto se traduce en una subida mensual de 40,5 euros cada mes, siendo en total unos 564,87 euros anuales.
Pero esta subida afectará a todos los pensionistas que hay España y el número de estos asciende a 10 millones de personas. El resto de pensiones también se verán incrementadas y quedarían de esta forma:
- Pensión de jubilación: 1.487,9 euros mensuales.
- Pensión por incapacidad permanente: 1.196 euros mensuales.
- Pensión de viudedad: 923 euros mensuales.
- Pensión de orfandad: 516 euros mensuales.
¿Cómo se calcula la cuantía de las pensiones?
A la hora de calcular la cuantía de la pensión de jubilación se tienen dos variables en cuenta: el año total de años cotizados durante la vida laboral y el total de las bases de cotización acumuladas durante los últimos 25 años. La Seguridad Social calcula la cuantía correspondiente a cada persona que se jubila teniendo en cuenta la base reguladora, siendo este el indicador que representa el 100% de la pensión a la que se tendría derecho en función de los años cotizados.
Hasta hoy, la edad mínima hoy en día para tener derecho al 100% de la base reguladora es haber cotizado mínimo 36 años y 6 meses. Pero a partir de 2027 estos porcentajes cambiarán y como resultado, la edad mínima de jubilación para cobrar el total de la pensión que nos corresponda será de 37 años cotizados. Lo que no variará serán los 15 años de cotización mínima para cobrar el 50% de la base reguladora.
Sin embargo, para el cálculo de las pensiones no contributivas, aquellas que se otorgan en función de la situación de la persona, independientemente de si ha cotizado o no al sistema de la Seguridad Social, se utiliza la renta personal o las de la Unidad Económica de Convivencia. Esta cuantía es fija y varía en función del número de miembros del núcleo familiar y su requisito principal es no tener ingresos suficientes. Si quieres estar al día sobre las últimas novedades sobre las pensiones y la próxima edad de jubilación y mantenerte informado/a de noticias de este tipo, puedes visitar en nuestra web el apartado de actualidad y consultar el resto de artículos relacionados.