Raro es el día que no conocemos nuevos detalles acerca de la nueva reforma laboral impuesta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social que dirige la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz. Es bien conocido por todos que el buque insignia de dicha reforma es la reducción de la jornada laboral, que pasará de 40 a 37,5 horas semanales. Pero, ¿cómo se va a controlar que esta nueva norma sea cumplida por parte de las empresas? Pues bien, para evitar posibles fraudes, el Gobierno ha implementado una serie de medidas que garantizan un mayor control horario. A partir de ahora, el registro de las horas trabajadas se llevará cabo de forma digital y completamente accesible para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Y no solo eso, sino que además los trabajadores deberán recibir un recibo donde aparezcan todas las horas extras realizadas.
¿En qué consiste el nuevo registro horario?
El nuevo registro horario supondrá decir adiós a fichar en formato papel y pasará a realizarse de forma digital. Esta medida deberá ser adoptada de forma obligatoria por todas las empresas en nuestro país, sin importar su actividad o número de trabajadores. Las pautas seguirán siendo las mismas: todos los trabajadores deberán fichar a la entrada y a la salida, además de registrar cualquier pausa que afecte al cómputo global de horas en su jornada diaria. Además, habrá que especificar si las horas trabajadas son de carácter ordinario, extras o complementario. Esta reforma laboral también persigue blindar a los empleados fuera de sus puestos de trabajo, impidiendo que las empresas puedan comunicarse con ellos en su tiempo libre. Sin embargo, la nueva reforma laboral no entrarán en vigor hasta que el Gobierno logre alcanzar la mayoría en el Congreso, cosa que parece difícil dada la situación política actual.
De llevarse a cabo la norma, esta garantizará un registro horario mucho más objetivo, fiable y accesible, tanto para el trabajador como para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Ya no serán las empresas quienes registren la hora de entrada y salida ni el tipo de horas que se están realizando. Cada persona deberá identificarse antes de llevar a cabo el acto de fichar para asegurar que los datos son genuinos y no están siendo manipulados. Todas las horas que se encuentren dentro del horario de trabajo habitual establecido por la empresa se considerará tiempo efectivo de trabajo y, cualquier prolongación de este, se considerarán horas extraordinarias o complementarias y deberán ser abonadas a consecuencia.
La reforma también afecta a los trabajadores a tiempo parcial
La nueva reforma laboral también incluye a los trabajadores con jornadas a tiempo parcial. A todos, sin excepción, se les entregará un resumen horario junto con sus nóminas mensuales, en el que se refleje de forma clara y bien detallada todas las horas trabajadas ese mes, ya sean ordinarias, extraordinarias y complementarias. Si las empresas llegasen a incumplir la normativa, los trabajadores con contratos parciales serán considerados como de jornada completa. La medida propuesta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social quiere acabar con las horas extras mal remuneradas o, en algunos caso, incluso sin remunerar. Práctica que por desgracia aún siguen sufriendo miles de trabajadores y trabajadoras de nuestro país.
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