Aprende a calcular el finiquito paso a paso: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extras proporcionales

¿Recuerdas la primera vez que esperaste tu paga extra contando los días en el calendario? Seguro que sí. Pues imagina que hoy le dices adiós a tu empresa y te preguntas si recibirás lo justo por todo ese esfuerzo de lunes por la mañana y cafés a medio terminar.

Spoiler: el finiquito no llega envuelto en lazo rojo, pero es un derecho tan real como el wifi de la oficina (cuando funciona). En España, cada euro cuenta, y más cuando toca cerrar una etapa laboral. Así que conviene tener claro cuánto vale cada hora que has pegado el codo en tu mesa. Porque sí, firmar el finiquito no es solo un trámite: es cobrar lo que te pertenece. Vamos a desgranarlo con ejemplos y números contantes y sonantes.

¿Qué es exactamente el finiquito y por qué te interesa más de lo que crees?

El finiquito es ese “ticket de caja” que la empresa te extiende cuando termina tu contrato: refleja salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y pagas extra aún por devengar. Nada de propinas; todo está regulado por el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.

Aunque muchos lo confunden con la indemnización, el finiquito se cobra siempre, ya sea porque renuncias, te despiden o finaliza tu contrato el 30 de junio de 2025. La indemnización, en cambio, solo aparece en escena si hay despido y depende de la antigüedad y del tipo de cese, te la cuento en detalle un poco más abajo.

Cómo calcular tu finiquito en 3 gestos (y sin sudar la calculadora)

Antes de sacar el Excel, respira: el cálculo no es bachillerato científico-técnico. Basta con seguir tres pasos claros.

  1. Salario de los días trabajados
    Divide tu sueldo mensual entre 30 y multiplica por los días currados desde la última nómina. Si el último fichaje fue el 15 de mayo, te toca la mitad del sueldo.
  2. Vacaciones pendientes
    Aplica esa misma tarifa diaria a los días libres que no llegaste a disfrutar—vacaciones de verdad, no el puente en festivo.
  3. Pagas extra prorrateadas
    ¿Tenías paga en junio y otra en diciembre? Si te vas en mayo, te pertenece 5/6 de la de junio; la de Navidad ni olerla porque no la has generado.

Con estos tres datos en la mesa ya puedes sumar dietas o pluses fijos que aún no hayas cobrado. Recuerda que el preaviso habitual es de 15 días naturales: si no lo das (o no te lo dan), podría haber descuentos o compensaciones extra.

¿Y la indemnización? No confundas churras con merinas

Hablando en plata, la indemnización es el “paracaídas” cuando te despiden. Si el despido es objetivo (pongamos que la empresa achaca causas económicas) te corresponden 20 días de salario por año trabajado, con tope de 12 mensualidades. Si el despido es improcedente (vamos, que un juez dice que no había motivo), sube a 33 días por año, hasta 24 pagas.

Por tanto, si llevabas ocho años cobrando 1 820,72 euros brutos al mes y el despido se declara improcedente, tu cheque rondará los 48.107,01 euros (33 × 8 = 264 días, es decir, 8,8 meses). Nada mal para empezar la siguiente aventura, ¿verdad?

Baja voluntaria: el adiós que sale caro (o no tanto)

Renunciar también tiene sus reglas. Debes presentar una carta escrita (en duplicado y firmada) con 15 días de antelación (salvo que tu convenio marque otros plazos). Aquí no hay indemnización ni paro, salvo contadas excepciones (por ejemplo, tras un traslado geográfico no aceptado).

¿Y si no avisas con tiempo? La empresa puede descontarte del finiquito los días no preavisados. Así que, por mucho que sueñes con irte con un portazo, conviene seguir el protocolo y marcharte con elegancia… y con el bolsillo intacto.

Preguntas rápidas y respuestas prácticas

Para que tengas a mano las cifras clave, repasa la siguiente tabla y despeja dudas en un vistazo.

Situación laboralPago por año trabajadoPreaviso obligatorio¿Derecho a paro?
Despido objetivo20 días (máx. 12 meses)15 días
Despido improcedente33 días (máx. 24 meses)15 días
Baja voluntaria15 díasNo*
Salvo excepciones tipificadas como traslado, modificación sustancial de condiciones o impago de salarios.

Si tu caso no encaja aquí, consulta tu convenio o pide asesoría, cada sector guarda sus matices.

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