Cárcel para el hombre que se quedó con 200.000 euros de un décimo compartido con dos de sus mejores amigos y negó repartir el premio

Se negó a repartir el premio con sus dos amigos y la Audiencia Provincial de Vizcaya ha confirmado su conducta como delito de apropiación indebida.

El caso de tres amigos que compraron un décimo de la Lotería del Niño en Bilbao ha acabado en una sentencia condenatoria de dos años de prisión para uno de ellos, quien ingresó en su cuenta la totalidad de los 200.000 euros obtenidos y se negó a repartir el dinero. El tribunal ha establecido, además, una indemnización de 66.667 euros para cada uno de los otros dos propietarios, y una multa de siete meses a razón de 12 euros diarios.

El origen de la disputa: un sorteo de la Lotería del Niño con premio de 200.000 euros

La polémica surgió el 6 de enero de 2018, cuando el décimo compartido resultó agraciado con 200.000 euros. Los tres amigos habían acordado, de forma verbal, dividir el coste del boleto (20 euros) en partes iguales, desembolsando 6,70 euros cada uno. Para mayor seguridad, todos fotografiaron el número adquirido en una administración de lotería del barrio de Deusto, en Bilbao.

Sin embargo, una vez confirmado el premio, el implicado cobró el premio “inmediatamente” y lo ingresó en su cuenta particular. Durante días, sus compañeros intentaron contactar con él para exigir la porción que les correspondía, pero únicamente encontraron excusas y el acusado incluso propuso acudir todos juntos a comisaría para que retiraran la denuncia interpuesta por apropiación indebida.

Los argumentos judiciales tras la denuncia contra el acusado y la responsabilidad civil impuesta

En su defensa, el condenado alegó que sus amigos nunca aportaron dinero para el décimo y que las fotografías eran “solo para comprobar el número si él no llegaba a verlo”. Esta versión fue calificada por el tribunal como “pueril y carente de justificación razonable”, pues existían pruebas claras de que los denunciantes sí participaron económicamente.

La Audiencia Provincial de Vizcaya condenó al acusado a dos años de prisión por un delito de apropiación indebida agravada, al superar la cuantía de 50.000 euros. Además, determinó la imposición de una multa de siete meses con una cuota diaria de 12 euros, que asciende a unos 2.600 euros en total. El fallo justifica la multa asegurando que, aunque el condenado alega escasez de recursos y vive de la Renta de Garantía de Ingresos, en su día llegó a percibir una “importante cantidad” que, según la sentencia, le faculta para afrontar este pago.

Sentencia y la importancia de la prueba fotográfica como garantía

La sentencia subraya la importancia de contar con evidencias, aunque el acuerdo sea verbal. En este suceso, las fotografías del décimo se han considerado determinantes para demostrar la participación conjunta de los tres amigos en la compra. Por ello, el tribunal entiende que existía una “relación de confianza” que el condenado quebrantó al apropiarse indebidamente del premio.

Además de la pena de cárcel y la multa, el acusado deberá indemnizar a cada uno de los otros dos copropietarios con 66.667 euros por el daño económico sufrido. Esta cantidad no incluye los impuestos correspondientes, que se deberán liquidar individualmente. El caso se ha convertido en un ejemplo esclarecedor de cómo los tribunales pueden proteger los derechos de quienes compartan lotería y, al mismo tiempo, exhibe la trascendencia de las pruebas gráficas para acreditar la titularidad conjunta de un boleto premiado.

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