Suben el ánimo y el bolsillo: el Ingreso Mínimo Vital y el subsidio para mayores de 52 años sostienen a quienes atraviesan dificultades económicas y, además, les mantienen las cotizaciones de cara a la jubilación.
La Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recuerdan que existen dos prestaciones pensadas para las personas que han cumplido medio siglo y, por distintas circunstancias, se han quedado sin ingresos. ¿Su ventaja principal? Aportan más de 600 € mensuales y, en el caso del subsidio, siguen sumando años para la futura pensión, un alivio tangible en tiempos de incertidumbre.
Requisitos para pedir el subsidio del SEPE destinado a mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda “puente” entre el desempleo y la jubilación. Pueden solicitarla quienes ya agotaron la prestación contributiva y, además:
- Tengan 52 años o más en la fecha de la solicitud.
- Acrediten al menos 15 años cotizados, dos de ellos en los últimos 15.
- Cumplan el requisito de rentas: no superar el 75 % del SMI mensual.
- Estén inscritos como demandantes de empleo y firmen el compromiso de actividad.
Aunque la lista parezca larga, la gestión es sencilla y se puede completar en la sede electrónica del SEPE o en cualquier oficina con cita previa.
La cuantía es fija: 480 € cada mes (el 80 % del IPREM actual). Sin embargo, el verdadero atractivo está en la cotización: el SEPE ingresa por la persona beneficiaria un 125 % de la base mínima (1.726,66 € en 2025), lo que evita lagunas en la vida laboral. El subsidio se mantiene hasta que se alcance la edad ordinaria de jubilación, siempre que el solicitante renueve la demanda y siga cumpliendo las condiciones de renta.
Cómo acceder al Ingreso Mínimo Vital si tienes más de 50 años y pocos ingresos
Quienes no reúnen los requisitos del subsidio (o simplemente necesitan un complemento mayor) pueden optar por el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Se trata de una prestación no contributiva orientada a combatir la pobreza. Para los mayores de 50, el requisito esencial es demostrar residencia legal en España durante al menos el último año y situar los ingresos por debajo del umbral fijado para su tipo de hogar. Ojo: no hace falta vivir solo; las unidades de convivencia también pueden solicitarla.
Antes de ver las cifras, conviene preparar la documentación: DNI o NIE, certificado de empadronamiento, libro de familia (si procede) y la declaración de ingresos. Todo puede enviarse telemáticamente a través de la plataforma “Tu Seguridad Social”.
A continuación encontrarás una comparativa rápida de las cuantías de ambas ayudas, ideal para decidir cuál encaja mejor con tu situación:
Prestación | Cuantía mínima mensual | Cuantía máxima mensual | Cotiza para jubilación |
---|---|---|---|
Subsidio mayores de 52 años (SEPE) | 480 € | 480 € | Sí |
Ingreso Mínimo Vital (Seguridad Social) | 658,81 € | 1.449 € | No |
Como ves, el IMV parte de una base más alta y puede alcanzar cifras superiores si existen menores, discapacidad o familias monoparentales, mientras que el subsidio garantiza cotización aunque la paga sea menor.
Solicitar el Ingreso Mínimo Vital sin salir de casa
Primero, crea tu certificado digital o Cl@ve permanente. Después, entra en el portal de la Seguridad Social, inicia sesión y completa el formulario online adjuntando la documentación escaneada. ¿Prefieres el método tradicional? También puedes pedir cita telefónica y presentar la solicitud en cualquier Centro de Atención e Información (CAISS).
Por otro lado, quienes se decanten por el subsidio deben acceder a la sede electrónica del SEPE, rellenar el formulario específico y, si lo desean, subir los justificantes de rentas. En ambos casos recibirás una notificación de resolución: si todo está correcto, la ayuda se abona a mes vencido en la cuenta bancaria indicada.
En definitiva, superar los 50 años no significa renunciar a un colchón económico. Tanto el IMV como el subsidio del SEPE ofrecen más de 600 € mensuales de promedio y, sobre todo, la tranquilidad de cubrir necesidades básicas mientras llega un nuevo empleo o se alcanza la jubilación. ¿A qué esperas para comprobar si cumples los requisitos y dar el paso?