La trabajadora, con 15 años de antigüedad en una discoteca de Ibiza, perdió su empleo tras modificar un ticket de caja; el tribunal considera que la empresa actuó con una medida desproporcionada.
Una cajera de una conocida discoteca de Ibiza ha logrado que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJ) revoque su despido disciplinario y lo declare improcedente. La empleada fue cesada el 2 de julio de 2019 por anotar una propina de 200 euros en un ticket, operación que, según su versión, obedecía a la petición de un cliente VIP tramitada por un superior jerárquico.
El caso de la camarera de la discoteca de Ibiza despedida por una propina de 200 euros
Con contrato fijo discontinuo y un salario diario de 65,15 euros, la trabajadora llevaba 15 años en la plantilla. El incidente se produjo cuando decidió reflejar la gratificación en el sistema de caja sin comunicarlo a sus responsables. La empresa entendió la maniobra como una falta “muy grave” por “ocultación” y posible descuadre contable, alegando también un perjuicio reputacional para el local, según recoge Cope en su web.
La afectada defendió que no actuó por beneficio propio y que se limitó a seguir las indicaciones del maître. Tras recibir la carta de despido, acudió a los tribunales solicitando que la medida se declarase nula o, subsidiariamente, improcedente, además de reclamar una indemnización por daños morales.
El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares declara improcedente el despido disciplinario
En primera instancia, el Juzgado de lo Social número 1 de Ibiza validó el cese al amparo del artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores, al entender que la conducta quebró la buena fe contractual. No obstante, la trabajadora recurrió y el TSJ balear corrigió la sentencia.
Para la sala, aunque hubo una irregularidad, no se acreditó perjuicio económico ni para la empresa ni para el cliente, que abonó un total de 2.000 euros, incluyendo la propina. El tribunal subrayó la ausencia de antecedentes disciplinarios y que la empleada actuó siguiendo instrucciones de un superior. Además, no quedó probado que existiera ánimo de ocultación deliberada. Con estos elementos, concluyó que la sanción resultaba desproporcionada y condenó a la discoteca a indemnizar a la trabajadora conforme al artículo 56 del Estatuto.
Consecuencias para la gestión de propinas y la buena fe contractual en hostelería española
La resolución refuerza la idea de que la falta de perjuicio real y la actuación bajo órdenes jerárquicas pueden modular la gravedad de una infracción. Para los negocios de hostelería, el caso recalca la importancia de contar con protocolos claros sobre el registro de gratificaciones y la formación del personal en materia de caja. Asimismo, advierte a las empresas de que el despido disciplinario exige ponderar la proporcionalidad entre la conducta y el daño efectivo.
Por este motivo, la sentencia balear puede convertirse en referencia para futuros litigios donde el debate gire en torno a la gestión de propinas y la buena fe contractual, recordando que las medidas más severas deben reservarse a supuestos con verdadero impacto económico o reputacional.