Un día estás trabajando tan tranquilamente, cuando, de repente, recibes la llamada de tu jefe. Quiere que vayas a su despacho y al instante sabes que eso no trae nada bueno. Entras, y él está sentado junto a su mesa, tiene los dedos de las manos entrecruzados y una expresión muy serie en el rostro. Entonces, tus mayores miedos se confirman. Tras una breve charla en la que solo hable él, te comunica la decisión de prescindir de tus servicios en la empresa. Abandonas el despacho, nervioso/a, sin saber bien qué ocurrirá ahora. Pero, recuerdas que llevas el tiempo suficiente en su empresa como para tener derecho a cobrar el paro. Sin embargo, no conoces el procedimiento para hacerlo. Pues no te preocupes, porque nosotros te contamos cómo.
Requisitos para cobrar la prestación por desempleo
Antes de lanzarte corriendo a las oficinas del SEPE, debes saber que hay que cumplir una serie de requisitos para tener derecho a cobrar el paro. Primero, asegúrate de que tu relación con la empresa que efectuó el despido ha terminado completamente. Después de un cese de contrato, a los trabajadores les corresponden la parte proporcional de sus vacaciones. Es decir, que si te correspondían 4, 5 o los días que sean, deberás esperar a que pasen ese número de días antes de comenzar con el procedimiento. Transcurrido ese plazo, el paso obvio es estar dado de alta como demandante de empleo. Esto puede hacerse de manera presencial, pidiendo una cita previa en cualquiera de las oficinas del SEPE o para mayor comodidad, a través de un formulario de pre-solicitud disponible en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal.
Otro requisito a tener en cuenta es haber trabajado, al menos, por un periodo de 360 días (no es necesario que sean consecutivos) durante los últimos 6 años. Si ese no es tu caso, y solo has trabajado menos de 1 año, puedes acceder a un subsidio, siempre y cuando acumules 6 meses de cotización y tu renta este por debajo del 75% con respecto al salario mínimo interprofesional (1.134 € en 2024). Por último y no menos importante, debes solicitar la prestación por desempleo en un plazo inferior a 15 días desde el despido.
¿Tengo derecho a cobrar el paro?
No importa si has sido despedido o simplemente tenías un contrato temporal que ha finalizado, por lo general, todos los trabajadores cuya relación laboral con una empresa ha finalizado, tienen derecho a paro. Solo existen dos excepciones, y son que hayas abandonado la empresa por voluntad propia o seas empleado/o del hogar. Calcular cuanto tiempo de paro te corresponde es muy sencillo. Para ello solo tienes que dividir por 3. Es decir, si has trabajado 12 meses, te corresponden 4 meses de prestación. Así hasta llegar al máximo acumulable de 2 años para lo que deberás haber trabajado 6 años.
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