Es un hecho que en España son muchas familias que no llegan a final de mes, y que sufren verdaderos quebrantamientos de cabeza para hacer frente a las facturas y gastos diarios. Es por ello, que no está de más, estar atentos a las ayudas que el Gobierno facilita a aquellas personas con bajos recursos económicos y en riesgo de exclusión social. Con el objetivo de aliviar dicha situación, se da luz verde a una ayuda de 630 euros que podrás solicitar en 2025 las personas que cumplan con este requisito.
¿De qué ayuda se trata y quiénes pueden solicitarla?
La realidad es que la ayuda de la que os informamos no es nueva, ya que fue aprobada en por el Gobierno junto con la Seguridad Social en 2020 tras la crisis sanitaria y económica que origino la pandemia. Sí, se trata del Ingreso Mínimo Vital, una prestación que pueden solicitar las familias y de manera individual. En la actualidad, la prestación se establece en 604,21 euros al mes, lo que supone algo más de 7.250 euros al año en 12 pagas. Con la entrada de 2025, llega el aumento de las pensiones, tanto las contributivas como las no contributivas.
En este sentido, aunque aún no es oficial, según algunos expertos podría darse un aumento del IMV para 2025 de un 5,5% más, lo que supondría unos 7.600 euros en total en 2025 (633,33 euros mensuales) una subida de unos 68 euros cada mes. Sin embargo, el aumento que tendrán las pensiones para el próximo año se determinará con base en el dato adelantado del IPC, que el Instituto Nacional de Estadística publicará a finales de noviembre. Esto quiere decir, que unos tendremos que esperar unos días para saber la cuantía exacta.
Requisitos para pedir el IMV en 2025
Lo más destacado de esta ayuda es que basta con cumplir un solo requisito esencial para acceder a ella. Según la Seguridad Social, cualquier residente en España que quiera pedir la ayuda del Ingreso Mínimo Vital (IMV) debe de encontrarse en situación de vulnerabilidad económica. Este estado se evalúa considerando el patrimonio neto, los activos no empresariales y el nivel de ingresos y rentas. En el caso de unidad de convivencia esté formada, al menos, desde hace seis meses, tal y como señala la Seguridad Social.
Además, es necesario tener la edad de 23 o 18 años si hay menores a cargo y no ser beneficiario de una pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni de una pensión no contributiva por invalidez o jubilación. Si quieres solicitar el IMV puedes hacerlo a través de la Sede del INSS (enlace facilitado en el párrafo anterior). Una vez dentro, selecciona la provincia y empieza a rellenar la solicitud.
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