De nuevo se repite la misma historia, y esto ya empieza a ser más habitual de lo normal. Hablamos de las controvertidas decisiones que toma el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) a la hora de dictar sentencia sobre si una persona tiene o no derecho a percibir la pensión de incapacidad permanente. Y es que dicha institución parece estar empeñada en convertirse en la mala de película. El último caso del que hemos tenido constancia es el de una trabajadora de 56 años que, tras sufrir diversas dolencias graves y acudir al tribunal médico para solicitar la pensión, ve como este se la rechaza por, supuestamente, “no cumplir las condiciones suficientes” como para ser beneficiaria. Este no es el primero ni será el último caso en el que un ciudadano se vea obligado a acudir a los juzgados para obtener justicia.
El Tribunal Superior de Justicia da la razón a una mujer que sufría fibromialgia y le concede una pensión por incapacidad
Fue el año pasado cuando esta mujer de 56 años que ocupaba una posición de operaria en una fábrica de conservas, tras sufrir graves dolencias, acudió a los servicios de la Seguridad Social en busca de una pensión por incapacidad permanente. Pero, cuál fue su sorpresa, que tras una primera valoración por parte del tribunal médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social, dicha pensión fue rechazada de manera fulminante. A pesar de la que la trabajadora sufría fibromialgia, dolores poliarticulares, lumbalgia recurrente, cefaleas, trocantéritis bilateral, trastorno adaptativo mixto, trastorno de estrés postraumático, dolor óseo y muscular en diferentes localizaciones del cuerpo y dolor a la movilización de las extremidades. En definitiva, esta mujer sufría, según sus propias palabras, dolores que no le dejaban vivir. Padeciendo una vida repleta de dolor físico y psíquico.
A pesar de todo esto, el tribunal del INSS consideró que no cumplía sus exigencias para otorgarle una pensión por incapacidad laboral permanente. Tras esta grave injusticia, la afectada decidió personarse ante la justicia ordinaria, la cual no dudo en darle la razón. En última instancia, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha dictaminado el reconocimiento a esta mujer para percibir una pensión de incapacidad permanente total. Lo que deja al tribunal médico del Instituto nacional de la Seguridad Social, nuevamente, en una situación comprometida de cara a la ciudadanía.
¿En qué consiste la incapacidad laboral permanente?
La incapacidad permanente total se otorga cuando se considera que la persona solicitante presenta dolencias o enfermedades que la imposibilitan a realizar su trabajo de forma normal. Sin embargo, la pensión de incapacidad total puede ser compatible con el desarrollo de otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que dieron lugar al reconocimiento de la incapacidad. La cuantía de la pensión por incapacidad permanente total se corresponde al 55% de la base reguladora del trabajador o la trabajadora beneficiario/a. Si la persona beneficiaria tiene 55 años o más y se encuentra en paro, la cuantía de la pensión pasa a ser equivalente al 75%.
¿Y tú?, ¿qué opinas sobre este caso?, por desgracia no es el primero que vemos de este tipo, toma como ejemplo este otro sobre una mujer con cáncer a la que el tribunal le denegó la pensión por “ir demasiado arreglada y maquillada”. Si quieres conocer más casos como estos, te invitamos a entrar en nuestro portal digital, donde cada día realizamos publicaciones relacionadas con dichos temas.