Una empleada demandó a su empresa por despido improcedente y la sentencia que resultó del proceso declaraba la procedencia del despido y la extinción de la relación laboral en la fecha en la que se produjo. La extrabajadora decidió interponer ante este fallo un recurso de suplicación para rebatir el resultado de dicha sentencia judicial. Sin embargo, este recurso ha vuelto a ser desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de la Sala de lo Social de Cáceres.
La empleada trabajaba en una tienda de cosmética y perfumería bastante famosa en nuestro país desde 2013. En 2023 le fue comunicado el despido de forma unilateral mediante una carta en la que se exponían los hechos y los motivos del cese de la relación laboral entre ella y la empresa. Al parecer, la demandante había estado durante cinco meses imputando de forma indebida las compras a una misma tarjeta de fidelización de la tienda correspondiente a una persona concreta.
Los hechos fueron probados tras analizar más de 200 tickets en los que se demuestra que la titular de la tarjeta de fidelización no realizó todas esas compras. Esto beneficiaba no solo a la titular de dicha tarjeta que canjeaba por regalos todos los puntos que iba acumulando, sino a la propia empleada que conseguía las primas derivadas de las reiteradas ventas. La empresa apreció en esta conducta una actividad fraudulenta, un engaño, una transgresión de la buena fe contractual y un abuso de las funciones encomendadas, por lo que se alegaba la quiebra de confianza en la extrabajadora.
La sentencia desestimatoria y el recurso de suplicación
Los tribunales fallaron en favor de la empresa de cosmética y absolviéndola de pagar cualquier indemnización a la demandante o de la readmisión de esta. Ante este fallo, la ex empleada decidió interponer el recurso de suplicación y fue admitido a trámite, aunque finalmente este también fue desestimado por considerar que las pruebas aportadas por la empresa para el despido eran concluyentes y suficientes para llevar a cabo de forma unilateral el despido. Ante este fallo, ahora cabría el recurso de casación.
¿Cómo funcionan las tarjetas de fidelización de una tienda?
La cuestión que ha girado sobre esta sentencia es si el uso indebido durante cinco meses de una tarjeta de fidelización es suficiente para despedir a una trabajadora que llevaba 10 años en la empresa. Estas tarjetas de fidelización son nominales y están asociadas a los clientes que consumen con frecuencia en el establecimiento. Son similares a las tarjetas de descuentos y lo que ofrecen a los clientes que la poseen con ventajas y puntos acumulados para poder cambiarlos luego por descuentos, productos o regalos.
Por lo tanto, el uso fraudulento de estas puede suponer un perjuicio para los consumidores que utilizan estas tarjetas si no se le imputa las compras reales que ellos realizan. Además, también supone un beneficio para el empleado que media en esas compras al recibir diferentes compensaciones por las compras a clientes fidelizados. Si quieres mantenerte informado sobre las últimas actualizaciones de actualidad, visita nuestra sección de actualidad.