La propia asesora de prestaciones advierte de que el subsidio se retira cuando se detecta “fraude de ley”, una práctica que la Inspección de Trabajo vigila cada vez más.
Cuando la empresa comunica un despido disciplinario, la incertidumbre sobre la pérdida de ingresos se multiplica: ¿seguirás cobrando el paro que habías generado? La respuesta (tranquilizadora para muchos) es que sí, pero con matices que no conviene pasar por alto.
Cómo afecta un despido disciplinario a la prestación por desempleo según el Servicio Público de Empleo Estatal
María José Gómez, asesora de la Subdirección General de Prestaciones del SEPE, explicó en el programa radiofónico Madrid Trabaja que un despido disciplinario es una situación legal de desempleo. Por tanto, siempre que el trabajador reúna el resto de requisitos (haber cotizado el tiempo suficiente y no haber agotado sus derechos), puede solicitar la prestación sin problema.
Sin embargo, no todo vale. La experta insiste en que la salida de la empresa debe haberse producido sin provocarla deliberadamente. De lo contrario, se considerará un “fraude de ley” y la Administración actuará.
¿Y qué entiende el SEPE por provocar el despido? Aquí entra en juego la Inspección de Trabajo. Si detecta conductas como ausencias injustificadas y reiteradas con el único fin de ser despedido y así cobrar el paro, el organismo puede anular la ayuda incluso después de haberla abonado.
Casos en los que el SEPE reclama el paro ya cobrado por considerar que se forzó la baja
Gómez pone un ejemplo claro: “Si la Inspección acredita que alguien faltó adrede para que lo echaran, reclamaríamos las cantidades pagadas”. Esta práctica se traduce en:
- Reconocimiento inicial de la prestación, porque el despido cumple los requisitos formales.
- Revisión posterior, a raíz del informe inspector.
- Reintegro de todo lo cobrado más posibles recargos si se confirma el fraude.
¡Ojo! La obligación de devolver el dinero no caduca: la Administración puede exigirlo cuando concluya el expediente.
Requisitos y documentación que el trabajador debe preparar para pedir el paro sin sorpresas posteriores
Aunque la mayoría de afectados actúa de buena fe, conviene saber qué papeles presentará el SEPE y qué verificará la Inspección. La siguiente tabla resume los puntos clave:
Situación examinada | Documentación que revisa el SEPE | Posible consecuencia |
---|---|---|
Despido disciplinario por incumplimiento real | Carta de despido, certificado de empresa y vida laboral | Aprobación del paro |
Indicios de despido “pactado” o forzado | Informes de la Inspección, partes de absentismo reiterado | Suspensión y devolución de la ayuda |
Demora al solicitar la prestación (más de 15 días hábiles) | Fecha de baja en Seguridad Social | Pérdida de días de cobro |
Como ves, el procedimiento arranca siempre con la solicitud dentro del plazo de quince días hábiles. Puede hacerse online a través de la sede electrónica del SEPE o de forma presencial con cita previa. En ambos casos se piden el DNI, la solicitud oficial firmada y el certificado de empresa.
¿Qué ocurre si la empresa se niega a entregar el certificado?
En tal supuesto, el Servicio Público de Empleo lo requerirá directamente a la compañía, y el trabajador deberá aportar cualquier documento que justifique la relación laboral mientras tanto. No te preocupes: el trámite sigue adelante y el paro se reconocerá provisionalmente.
Por lo tanto, si has sufrido un despido disciplinario legítimo, estos dos consejos te evitarán sobresaltos:
- Cumple con los plazos y aporta todos los justificantes.
- Mantén un historial laboral limpio de acciones que puedan interpretarse como provocación del despido.
La propia asesora lo resume con claridad: el sistema protege al trabajador, pero también se blinda contra posibles abusos. De ahí que la Inspección investigue y, si corresponde, reclame cada euro.