El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares corrige la decisión del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y absuelve a una trabajadora de pagar la cuantía reclamada por cobros indebidos. La afectada, que había recibido el subsidio, pierde el derecho a la prestación, pero no deberá reintegrar las cantidades percibidas.
El caso pone de relieve la importancia de verificar, antes de conceder cualquier subsidio, el cumplimiento estricto de los requisitos que exige la ley. En esta ocasión, la Administración reconoció que concedió la ayuda para mayores de 52 años sin comprobar de forma adecuada las cotizaciones mínimas necesarias, motivo que ha derivado en la anulación del subsidio y en la exención de la devolución de 9.094,97 euros.
Por qué el SEPE retiró el subsidio para mayores de 52 años y qué dice la justicia
La trabajadora obtuvo el subsidio para mayores de 52 años con una vigencia prevista hasta 2030, es decir, hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Todo parecía estar correcto, hasta que el SEPE revisó su expediente y detectó que la beneficiaria únicamente había cotizado 1.028 días por desempleo, equivalentes a poco menos de tres años, incumpliendo así el requisito de seis años de cotizaciones.
¿Te interesa conocer los requisitos para no caer en este tipo de situaciones? El artículo 280 de la Ley General de la Seguridad Social establece de manera clara que las personas que soliciten el subsidio para mayores de 52 años deben contar con al menos seis años de cotizaciones por desempleo. Al descubrir la irregularidad, el SEPE reclamó la devolución de 9.094,97 euros por considerarlos “cobros indebidos”.
No obstante, la trabajadora alegó en los tribunales que había actuado de buena fe y que desconocía el defecto en sus cotizaciones. Tras varios litigios, el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares consideró probado que el error fue exclusivamente de la Administración y, por tanto, eximió a la afectada de devolver esa cantidad. Eso sí, el subsidio ha quedado anulado de forma definitiva.
Evitar errores en la solicitud del subsidio para mayores de 52 años
Esta sentencia, que deja sin efecto la reclamación de devolución, advierte de la importancia de revisar con detenimiento todos los requisitos antes de solicitar el subsidio. La realidad es que, si no se cumplen las condiciones previas, el SEPE puede extinguir la prestación en cualquier momento.
A fin de prevenir incidencias, conviene prestar atención a las siguientes pautas:
- Comprobar años de cotización: el mínimo establecido es de seis años por desempleo.
- Cumplir la edad requerida: es imprescindible tener 52 años o más.
- Acreditar renta y situación laboral: los ingresos del solicitante no pueden superar ciertos límites económicos.
- Mantener actualizado el DARDE: es necesario sellar la demanda de empleo con la periodicidad indicada.
- Conservar la buena fe: cualquier error debe comunicarse al SEPE de inmediato para evitar reclamaciones posteriores.
Ojo con los plazos: si se recibe una notificación de revisión o anulación del subsidio, hay que atenderla en el periodo indicado, formulando alegaciones o recurriendo si se considera que existe algún fallo.
Requisitos clave para acceder al subsidio y no tener problemas
A continuación, se muestra una tabla que resume los principales requisitos a cumplir:
Requisito | Descripción |
---|---|
Años de cotización por desempleo | Seis años mínimos exigidos por la normativa vigente |
Edad mínima | 52 años cumplidos al momento de solicitar el subsidio |
Situación administrativa | Figurar como demandante de empleo y mantener actualizada la demanda |
Límite de rentas | No superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (sin contar la parte proporcional) |
Compromiso de actividad | Participar en acciones de búsqueda activa de empleo y formación propuestas por el SEPE |
Como se aprecia, la omisión de alguno de estos criterios puede suponer la denegación inicial o, como en el caso de la protagonista de esta sentencia, la retirada del subsidio en una fase posterior.
Conclusión final tras la anulación del subsidio y la exención de devolver el importe
La decisión del Tribunal Superior de Justicia confirma que los errores cometidos por la Administración en la concesión de prestaciones no deben recaer sobre el ciudadano cuando este ha actuado de buena fe y no ha ocultado información. Sin embargo, la pérdida del subsidio para la trabajadora es irrevocable al no cumplir la cotización mínima.
Por consiguiente, la principal enseñanza de este caso es que conviene revisar toda la documentación y acreditar los requisitos legales exigidos. En situaciones similares, lo recomendable es verificar el expediente y, en caso de discrepancias, solicitar asesoramiento legal o acudir al propio SEPE para aclarar cualquier duda.