Las administraciones públicas ofrecen distintas ayudas y/o subsidios a madres solteras, con la finalidad de dar apoyo y cobertura económica a aquellas mujeres que crían solas a sus hijos/as y que se encuentran en una situación de vulnerabilidad. Una de las medidas introducidas este año, es la ampliación a 26 semanas del permiso por nacimiento y cuidado del menor. Así, la Sentencia del Tribunal Supremo 118/2025, que se basa en la doctrina del Tribunal Constitucional, garantiza la igualdad de trato y el interés superior del menos. Además, hay una serie de ayudas económicas que pueden solicitar las madres solteras este año 2025.
Ingreso Mínimo Vital
Comenzamos con el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una ayuda dirigida a evitar el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos. Este año, el IMV aumenta en un 9%, por lo que una persona individual pasa a cobrar 7.910 euros anuales frente a los 7.250 euros vigentes en 2024. Así, la renta garantizada de un adulto y un menor es de 733,85 euros mensuales y, en el caso de un adulto y dos menores, la cuantía del IMV es de 903,21 euros mensuales.
Hay que tener en cuenta, que los requisitos deben cumplirse tanto en el momento de la presentación de la solicitud como de sus revisiones, y mantenerse al dictar la resolución y durante el tiempo de la percepción de la prestación. En 2025, los requisitos para cobrar el IMV son tener residencia en España, estar en situación de vulnerabilidad económica… En este último caso, para determinar dicha situación se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros. Para saber si tienes derecho, puedes entrar en el simulador del IMV que la Seguridad Social pone a disposición de los interesados/as.
Prestación por nacimiento
El Real Decreto-ley 6/2019 medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, introdujo modificaciones en distintas normativas (Estatuto de los Trabajadores, EBEP y Ley General de la Seguridad Social). De esta forma, se equipararon los derechos de las personas trabajadoras, unificando las bajas de maternidad y paternidad en una sola prestación denominada en una única prestación denominada nacimiento o cuidador del menor.
Así, en este caso, las madres trabajadoras (solteras o no) pueden acceder a una prestación económica durante 16 semanas, con el 100% de la base reguladora de su salario. Es obligatoria, que las primeras 6 semanas sean disfrutadas después del parto.
Subsidio por insuficiencia de cotización
Otra de las ayudas que pueden pedir las madres solteras, es el subsidio por insuficiencia de cotización. Esta prestación es gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y va dirigida a personas que han trabajado menos de un año. La duración va determinada de varios factores. Así, en el caso de que tener responsabilidades familiares, el subsidio durará 21 meses, siempre que hayas cotizado al menos 6 meses. La cuantía es de 570 euros mensuales, e irá disminuyendo a partir del día 81. El pago se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Puedes solicitar el subsidio por internet a través de la Sede electrónica del SEPE o de forma presencial, pidiendo cita previa.