Giro de 180 grados en la jubilación a los 67 años: la Seguridad Social sube la edad para estas personas trabajadoras

Las pensiones y su sostenibilidad es uno de los temas que más preocupa a los españoles y a la sociedad en general. En abril, entro en vigor la reforma de la jubilación parcial, activa y demorada, cuyo objetivo es adaptar el sistema a los nuevos escenarios laborales. Otro de los cambios de este año, se centró en la revalorización de las pensiones en un 2,8%, donde miles de pensionistas se vieron favorecidos.

También hay que destacar las medidas para compatibilizar la pensión y el trabajo, aprobadas por el Consejo de Ministros por Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre. Pero lo que más preocupa es la edad de jubilación, la cual, en 2025, se sitúa en los 66 años y 6 meses para aquellas personas que no hayan cotizado al menos 38 años. Sin embargo, hay ciertos trabajadores que podrán jubilarse mucho más tarde, ya que el Gobierno ha propuesto el aumentado el límite para un cierto colectivo.

Cambios en la edad de jubilación en 2025: colectivos afectados

Tal y como señala el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en su artículo 67.3 “La jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir el funcionario los sesenta y cinco años de edad”. No obstante, y como toda regla, existen excepciones, y dicha jubilación forzosa se podrá ampliar hasta los 70 años en servicio activo, siendo la Administración Pública competente, la que deba de resolver, de forma motivada, sobre su aceptación o denegación. Con independencia de lo anterior, el Gobierno ha propuesto ampliar a los 72 años la edad de jubilación de los funcionarios que quieren continuar en servicio activo de forma continuada. Hay que aclarar, que se trata de una propuesta del PSOE que se registró en el Congreso en febrero, y aún no está en vigor.

En otro sentido, para los empleados y empleadas del sector privado existe la jubilación demorada (también llamada diferida), la cual es una opción voluntaria para acceder a la pensión de jubilación más tarde. Así, quien quiera estirar más su vida laboral, podrá beneficiarse en la cuantía de la pensión. De esta forma, por cada año trabajado se ofrece un aumento del 4% de la pensión de jubilación, oscilando entre los 5.000 12.000 euros al año.

La otra cara de la moneda: la jubilación anticipada voluntaria

A pesar de todo lo expuesto, hay muchas personas trabajadoras que desean retirarse del mercado laboral antes. Es lo que se denomina jubilación anticipada voluntaria, la cual también ha sufrido algunas modificaciones. En 2025, esta modalidad de retiro se retrasa 2 meses más, estableciéndose a los 64 años y 8 meses para las personas que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses. Para los que sí hayan cotizado el tope anterior (38 años y 3 meses), podrán acceder a la jubilación anticipada a los 63 años. En estos casos, se producirá una disminución de la pensión, dependiendo de los meses de adelanto y tiempo cotizado. Por ejemplo, si se adelantan 24 meses (2 años), la penalización puede ser de hasta el 21%, mientras que si adelantan 22 meses, la penalización puede ser de hasta el 14,67%.

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