La nueva reforma elimina la exigencia de una carrera completa y abre la puerta a que autónomos y asalariados compatibilicen su pensión con un empleo, mejorando especialmente la situación de las mujeres.
El próximo mes de abril traerá cambios importantes para los trabajadores que desean seguir activos y, a la vez, cobrar una pensión contributiva. El Gobierno ha aprobado un real decreto que modifica la jubilación activa, permitiendo el acceso con solo 15 años cotizados, en lugar de los más de 38 exigidos hasta ahora. Además, se mantienen e incluso mejoran ciertos incentivos que buscan retrasar la edad de retiro y aliviar el gasto en la Seguridad Social.
Cómo solicitar la nueva jubilación activa con 15 años cotizados y compatibilizar salario con la pensión
El gran cambio reside en que quienes acrediten el mínimo de 15 años de cotización ya podrán acceder a la jubilación activa, sin necesidad de contar con una carrera laboral completa. Por tanto, desde abril, el cobro de la pensión y de un salario será más sencillo para estos perfiles, incluyendo a:
- Trabajadores asalariados: podrán seguir en nómina y simultanear parte de su pensión contributiva.
- Autónomos: se beneficiarán si ejercen su actividad profesional de forma parcial, recibiendo también un porcentaje de la prestación.
¿Te interesa saber más? Uno de los colectivos más favorecidos por esta reforma serán las mujeres, que suelen contar con carreras laborales más cortas. Hasta ahora, el acceso a la jubilación activa requería superar los 38 años cotizados, un requisito que muchas no alcanzaban.
Importes, porcentajes y plazos de solicitud
La novedad principal está en que, con 15 años cotizados (el mínimo para cobrar una pensión contributiva), la persona tiene derecho al 50% de su base reguladora. Desde ese punto de partida, cada año de demora en la jubilación activa incrementará el porcentaje a percibir. En este sentido:
- Primer año: se cobra el 45% de la pensión si se combina con empleo.
- Quinto año (o más): podría llegarse al 100% de la prestación, dependiendo del tiempo en modalidad activa.
La solicitud deberá presentarse preferentemente antes de la fecha de acceso a la modalidad activa. No obstante, existe un margen de varios meses para formalizar el trámite, con plazos que la Seguridad Social publica de forma oficial y que pueden variar ligeramente cada ejercicio.
Tabla comparativa de porcentajes de pensión según años en jubilación activa
A continuación, se muestra un ejemplo estimado de lo que supone cada año de permanencia en la jubilación activa, de acuerdo con la nueva norma:
Años en Jubilación Activa | Porcentaje de Pensión Compatible |
---|---|
1 | 45% |
2 | 55% |
3 | 70% |
4 | 90% |
5 o más | 100% |
Estos porcentajes pueden variar en función del tiempo exacto de cotización y de las bonificaciones que establezca cada ejercicio.
Trámites en la Seguridad Social
La nueva jubilación activa se beneficiará de los premios o bonificaciones existentes para quienes retrasan su retiro. De hecho, la Seguridad Social permite optar por un porcentaje adicional en la pensión, un pago único que oscila entre 5.000 y 12.000 euros o una mezcla de ambas opciones.
Por otro lado, los trabajadores en modalidad activa tienen reducción de cuotas: dejan de cotizar por contingencias comunes y solo abonan, entre otros, la denominada cotización por solidaridad (un 9% en 2025). “Ojo con los plazos”, pues para que estas bonificaciones se hagan efectivas es imprescindible cumplir la normativa vigente al formalizar la solicitud.
La reforma también trae modificaciones en otras modalidades, como la jubilación anticipada (cada vez con exigencias más altas), y la jubilación parcial (con nuevos límites de edad y condiciones de jornada reducida).