El uso de efectivo para pagar es cada vez menos común, de hecho, en 2024, solo el 10% de los españoles uso dinero en metálico. Y es que la comodidad de pagar con el móvil, reloj o con la tarjeta, ha dado lugar a que el efectivo sea menos utilizado. Sin embargo, la Agencia Tributaria vigila muy cerca los movimientos de dinero en efectivo, con el objetivo de seguir luchando contra el blanqueo de capitales y fraude fiscal. La Ley 7/2012, actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, es la normativa que regula las limitaciones de los pagos en metálico. La misma señala que no se puede pagar cantidades iguales o superiores a 1.000 euros.
En 2027 la Unión Europea tomará medidas para establecer un tope de gastos en efectivo
Los países de la Unión Europea disponen de unos topes para los pagos en efectivo, una medida para evitar el fraude fiscal, los pagos en negro y el blanqueo de capitales. De esta forma, a partir del 2027, la institución tomará medidas estableciendo unos límites de pago en efectivo a través de un reglamento, el cual ya ha sido ha probado y se prevé que sea aplicado a partir de dicho año. El Reglamento (UE) el Parlamento Europeo y del Consejo, publicado en el BOE, busca armonizar los límites de pago en efectivo, de tal forma, que para el año 2027, los países de la UE deberán establecer un límite máximo de 10.000 euros para pagos en efectivo en transacciones comerciales.
España, cuenta con una de las normativas regulatorias del uso en efectivo más estrictas de Europa con el límite de 1.000 euros. En el caso de que el pagador sea una persona física que no tenga domicilio fiscal en España, y por consiguiente no actúe en calidad de empresario/a, el tope aumenta en 10.000 euros. Hay que matizar, que dicha cantidad no se puede superar, ni fraccionado, debido a que los límites registrados se calculan sumando todos los pagos.
Multas de Hacienda
Tal y como señala la Agencia Tributaria en su sede electrónica, puedes comunicar cualquier incumplimiento de la limitación a los pagos en efectivo con un importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000, según los casos. En esta línea, se consideran medios de pagos: el papel moneda y la moneda metálica (nacionales o extranjeros), los cheques y cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos. Así, los incumplimientos de estos límites supone una infracción administrativa grave, donde el receptor y el pagador responderán de manera solidaria.
Esto quiere decir que la Agencia Tributaria se puede dirigir contra cualquiera de ellos o a ambos.Las multas de Hacienda, por no cumplir con la ley, duelen en el bolsillo, donde las sanciones pueden alcanzar el 25% del importe pagado en efectivo. Por ejemplo, de 1.000 euros, la multa sería de 250 euros. La infracción prescribe a los 5 años desde que se a cometido el hecho ilícito, mientras que la sanción prescribe a los 5 años desde que la sentencia es firme.