Hacienda podrá bloquear las cuentas y tarjetas de quienes aparezcan en esta lista de morosos fiscales

La Agencia Tributaria aplicará nuevas medidas preventivas para evitar la desaparición de fondos entre los contribuyentes con grandes deudas en firme.

La Agencia Tributaria ha activado un nuevo mecanismo de control fiscal que permitirá la suspensión cautelar de cuentas bancarias y tarjetas de crédito pertenecientes a determinados contribuyentes. La medida se dirige a personas y empresas incluidas en una lista pública por mantener deudas fiscales superiores a los 600.000 euros o por haber ignorado reiteradamente los requerimientos de la administración tributaria. Se trata de una decisión que busca frenar el fraude fiscal y asegurar el cobro de cantidades impagadas.

Por el momento, la medida no afecta al conjunto de los ciudadanos, sino exclusivamente a quienes figuran en registros críticos elaborados por Hacienda. El bloqueo se aplicará de forma automática a través de las entidades financieras, una vez emitida la orden correspondiente. Su activación está amparada por el artículo 162 de la Ley General Tributaria, que contempla estas actuaciones en casos con riesgo claro para la recaudación pública.

¿Quiénes pueden verse afectados?

En el punto de mira están los grandes deudores, aquellos cuyo pasivo con la Agencia Tributaria supera el umbral de los 600.000 euros sin que exista aplazamiento, fraccionamiento o procedimiento en curso. Este listado se publica cada año en la página web del organismo, y contiene tanto personas físicas como empresas.

Pero hay más. En los últimos años, Hacienda ha incorporado un nuevo criterio: la reincidencia en el incumplimiento fiscal. Es decir, aunque el importe adeudado sea menor, quienes acumulan múltiples requerimientos ignorados también pueden ser incluidos en esta vigilancia reforzada.

¿Qué supone el bloqueo?

La suspensión no es un embargo como tal, pero sí impide temporalmente que el contribuyente pueda operar con normalidad en el sistema financiero. En concreto, la Agencia Tributaria puede ordenar a los bancos:

  • El bloqueo de las cuentas corrientes.
  • La inhabilitación de tarjetas de crédito o débito.
  • La restricción de acceso a productos financieros asociados al titular afectado.

Todo ello con el objetivo de evitar movimientos que perjudiquen los intereses del Estado antes de que se inicie un procedimiento formal de embargo o ejecución.

¿Existe alguna forma de evitarlo?

Sí. Hacienda ofrece varias opciones para regularizar la situación y evitar consecuencias mayores:

  • Abonar la deuda, total o parcialmente.
  • Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento si se cumplen los requisitos.
  • Presentar alegaciones si el contribuyente considera que ha sido incluido por error o está pendiente de resolución un litigio administrativo o judicial.

En cualquier caso, el proceso se activa de forma rápida y automatizada, por lo que las autoridades recomiendan actuar cuanto antes tras recibir la notificación.

Listado de deudores: así puedes saber si estás en la lista negra

El listado anual de grandes deudores está disponible en el portal oficial de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es). Los contribuyentes incluidos reciben una notificación formal a través del correo certificado o de su buzón electrónico. Además, se puede consultar el estado tributario individual en plataformas como Renta WEB o el Portal de Deudas y Pagos.

Con esta medida, el Ministerio de Hacienda da un paso más en su estrategia de endurecimiento de las políticas fiscales, especialmente tras la entrada en vigor de nuevas normativas orientadas a sancionar la ocultación de patrimonio o la creación de sociedades pantalla para eludir el pago de impuestos.

Desde el ministerio insisten en que no se trata de una acción indiscriminada, sino de una herramienta para actuar con rapidez en casos críticos. En palabras de un portavoz: “Es un instrumento de protección del interés público, no una persecución generalizada”.

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