Los coeficientes reductores penalizan a quienes se retiran antes de la edad legal, aunque hayan dedicado toda su vida al trabajo.
Anticipar la jubilación dos años puede tener un precio muy alto, incluso para quienes suman más de cuatro décadas de aportaciones. La Seguridad Social permite acceder a la jubilación anticipada voluntaria desde los 63 años, pero esta decisión conlleva una reducción permanente de la pensión de hasta el 21%. Esta penalización se aplica aunque el trabajador tenga 40 años cotizados o más, y responde a un sistema diseñado para desincentivar el retiro temprano y alinear la edad real de jubilación con la legal.
En 2025, la edad ordinaria para jubilarse se sitúa en 66 años y 8 meses, salvo para quienes hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses, que pueden retirarse a los 65. Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria es necesario contar con al menos 33 años de cotización, y siempre que la pensión resultante no sea inferior a la mínima establecida en función de la situación familiar.
Penalizaciones según el tiempo cotizado
El sistema actual establece unos coeficientes reductores mensuales que determinan la rebaja de la pensión en función de los años cotizados y del número de meses de adelanto respecto a la edad ordinaria. Así, quienes se jubilan 24 meses antes del límite legal, y tienen menos de 38 años y medio cotizados, verán reducida su pensión en un 21%. Si han trabajado entre 38 años y medio y 41 años y medio, el recorte baja al 19%, mientras que con más de 44 años y medio de carrera, la penalización se reduce al 13%.
A continuación, algunos ejemplos aproximados del impacto según los años cotizados y el adelanto:
- 40 años cotizados, jubilación 2 años antes: recorte de alrededor del 17%.
- 44 años y medio cotizados, jubilación un mes antes: pérdida del 2,81%.
- Menos de 38 años y medio cotizados, jubilación un mes antes: penalización del 3,26%.
Meses de adelanto | < 38 años y 6 meses | 38 años y 6 meses – 41 años y 6 meses | 41 años y 6 meses – 44 años y 6 meses | ≥ 44 años y 6 meses |
---|---|---|---|---|
24 | 21,00% | 19,00% | 17,00% | 13,00% |
18 | 8,80% | 8,40% | 8,00% | 7,60% |
12 | 5,50% | 5,25% | 5,00% | 4,75% |
6 | 4,00% | 3,82% | 3,64% | 3,45% |
1 | 3,26% | 3,11% | 2,96% | 2,81% |
Este sistema de penalizaciones se aplica sobre la base reguladora, es decir, sobre el cálculo previo de la pensión, y está en vigor desde la reforma de pensiones de 2022.
¿Por qué se penaliza el retiro temprano?
Muchos trabajadores cuestionan por qué, después de décadas de aportaciones, se les penaliza si optan por jubilarse un poco antes. La respuesta está en la sostenibilidad del sistema. La Seguridad Social considera que, al empezar a cobrar la pensión antes, se disfrutará de ella durante más tiempo, y, por tanto, el importe mensual debe ajustarse para no generar un desequilibrio. De hecho, las reformas impulsadas por el Gobierno en los últimos años han ido precisamente en esta dirección: premiar el retraso de la jubilación y reducir el atractivo de anticiparla.
¿Hay excepciones sin penalización?
Sí, pero muy limitadas. Las únicas formas de jubilarse antes sin sufrir recortes en la pensión pasan por supuestos concretos:
- Profesiones con condiciones excepcionalmente duras, peligrosas o insalubres, que permiten anticipar la edad sin reducción.
- Personas con discapacidad, que pueden retirarse incluso antes de los 56 o 52 años, dependiendo del grado reconocido, sin que se apliquen penalizaciones sobre sus años cotizados.
Más allá de estos casos, no es posible jubilarse anticipadamente sin ver reducida la pensión, al menos por la vía voluntaria. La norma es clara: retirarse antes cuesta, incluso a quienes más han aportado. Una decisión que cada vez más trabajadores valoran con lupa.