La Inspección de Trabajo está lista para castigar con multas económicas de hasta 225.018 euros a quienes cobren ayudas del SEPE y los pillen trabajando de esta forma

Las nuevas directrices refuerzan las investigaciones contra el fraude laboral y podrían imponer penalizaciones muy graves. Tanto empresas como trabajadores se enfrentan a consecuencias económicas si compatibilizan empleo irregular con prestaciones por desempleo.

En la última campaña de inspecciones, las autoridades laborales han detectado un aumento de personas que cobran el paro y, al mismo tiempo, trabajan en negro. ¿Te suena esta situación? Pues cuidado, porque la Inspección de Trabajo ha endurecido las sanciones y ya no se andará con medias tintas. Las multas pueden oscilar entre los 2.001 y los 225.018 euros, dependiendo de la gravedad y el número de afectados.

Razones de la Inspección de Trabajo para endurecer las sanciones contra el empleo irregular


La coordinación entre la Inspección de Trabajo y los Ministerios de la Seguridad Social y de Trabajo se ha vuelto más estrecha para frenar el engaño a la Administración. El motivo principal es que se trata de un doble fraude: el trabajador recibe ingresos sin cotizar y, al mismo tiempo, continúa percibiendo una ayuda pública destinada exclusivamente a quienes no tienen un empleo. En consecuencia, esta conducta se califica como infracción muy grave, con sanciones que pueden llegar a la temida cifra de 225.018 euros.

Cualquier compañía que incorpore a un profesional sin el alta correspondiente incurre en una ilegalidad con graves consecuencias. Por un lado, la empresa asume la mayor parte de la responsabilidad al no haber dado de alta al trabajador.

Por otro lado, la persona contratada sin cotizar mientras cobra el paro no se libra de la sanción. ¿Te preguntas si podrían multar también al empleado? La respuesta es un rotundo sí. Además de la penalización, el trabajador debe devolver al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) todas las ayudas recibidas de manera indebida. A continuación se muestra un resumen que recoge los importes mínimos y máximos según el tipo de falta:

Tipo de infracciónMulta mínimaMulta máxima
Grave751 €7.500 €
Muy grave (grado medio)30.001 €120.005 €
Muy grave (grado máximo)120.006 €225.018 €

Como se aprecia, los factores que influyen en la cuantía final incluyen la duración del fraude, el número de empleados afectados y el daño económico ocasionado a la Seguridad Social.

Cómo evitar sanciones económicas y cumplir con las obligaciones laborales y de la Seguridad Social


Para prevenir problemas, lo primero es dar de alta al futuro empleado antes de que empiece a trabajar. Además, es fundamental informar al SEPE cuando se produzca la contratación, sobre todo si la persona está recibiendo el paro. Por último, conservar la documentación (contratos, nóminas y justificantes) es clave para demostrar que todo está en regla. Aquí tienes una lista con los puntos esenciales a revisar:

  • Revisar la situación del trabajador antes de su contratación.
  • Dar de alta al empleado en la Seguridad Social.
  • Notificar de inmediato cualquier cambio de empleo al SEPE.
  • Conservar contratos y nóminas actualizadas.

Cumplir estos pasos no solo evita sanciones cuantiosas, sino que también garantiza la protección de derechos laborales. Si detectas un error, lo mejor es regularizar la situación de inmediato para minimizar las consecuencias.

En definitiva, la Inspección de Trabajo ha decidido intensificar el control sobre quienes compatibilizan de manera fraudulenta las ayudas al desempleo con un empleo en negro. Las multas pueden ser muy elevadas y afectan tanto a la empresa como al trabajador.

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