Por estos motivos despide Supermercados DIA a sus trabajadores: Faltas leves, graves y MUY graves. Según el convenio colectivo del grupo de empresas Distribuidora Internacional de Alimentación, SA, y Dia Retail España, SAU, podemos indicar en esta noticia, cuáles son las faltas y sanciones que un trabajador debe tener en cuenta una vez acceda al puesto de trabajo. Particularmente, te vamos a enfocar este artículo en el conocimiento de aquellas pautas o acciones en las que una persona puede cometer y sobre las repercusiones que pueden ser acometidas por parte de esta empresa del sector de la distribución alimentaria.
Todos los interesados en trabajar en DIA, están continuamente preguntando cuales son los requisitos y condiciones del puesto de trabajo de aquellas ofertas de empleo a las que envían sus candidaturas, pero ¿Sabes qué ocurriría si cometes alguna de las faltas que se establecen en este convenio propio de la empresa? A continuación, te vamos a facilitar resumidamente el régimen disciplinario que se contempla en el BOE. Además, vamos a proporcionarte, que tipo de sanción se llevará a cabo por parte de la dirección cuando un empleado realice alguna de las siguientes comisiones u omisiones.
¿Cuáles son los tipos de faltas puede cometer un trabajador en mal uso del puesto de trabajo en DIA?
En la siguiente lista, te vamos a mostrar los 3 tipos de faltas que existen cuando eres parte de la empresa DIA:
Faltas leves:
- La falta de puntualidad al puesto de trabajo, sin llegar a pasar los 30 minutos al mes.
- Abandonar el trabajo sin justificar aunque sea poco tiempo.
- La falta de higiene personal que afecte a la producción e imagen de la empresa.
- No llevar a cabo los registros diarios de la jornada laboral.
Faltas graves
- Pasar de los 30 minutos mensuales como consecuencia de la suma de faltas de puntualidad en el trabajo.
- No asistir al puesto de trabajo sin la autorización o causa justificada en un día del mes.
- El incumplimiento de las normas de seguridad, abarcando la falta de uso de los equipos de protección.
- El uso de teléfonos móviles sin autorización.
- Ejecutar trabajos diferentes durante la jornada laboral, sin previo permiso.
- Usar los medios informáticos o telemáticos del empleado para otras causas particulares.
- La falta de atención al público con la diligencia debida.
- Cometer una reincidencia leve, dentro de un mismo mes.
Muy Graves
- Fraude o aceptación de dádivas, falta de lealtad o abuso de confianza, apropiación indebida, hurto o robo.
- Comete irregularidades en el seguimiento de los procedimientos indicados por la Dirección.
- Fingir una enfermedad o accidente.
- Simulación de la presencia de otro empleado, para hacer creer la presencia del trabajador en la empresa.
- No tener consideración o falta notoria de respeto a los clientes.
- Uso inadecuado o inutilización, desaparición, consumición o inutilización de los productos, maquinarias y herramientas, entre otros, de la empresa.
- Falta de higiene personal habitual y continuada..
- Violación de secretos de documento o revelación usando cualquier medio.
- El trato negativo de palabra u obra, abuso de autoridad o falta de respeto.
- Estado de embriaguez o drogodependencia durante la jornada laboral..
- Disminuir continuamente y de forma voluntaria el rendimiento laboral.
- Vulnerar la buena fe contractual o el abuso de confianza.
- Reincidir en una falta grave en el plazo de 6 meses desde que se cometió la primera.
- Cualquier conducta o comportamiento en el trabajo que atente sexualmente contra el respeto de la intimidad y dignidad de la mujer y hombre.
- Vulnerar un derecho del trabajador por un superior.
¿Qué tipo de sanciones se imputarán si cometo alguna de las faltas anteriores en DIA?
Estas son las sanciones impuestas por las faltas anteriores en Supermercados DIA. Según, haya cometido una falta y otra, estas pueden ser más o menos perjudiciales para los trabajadores de esta empresa:
Por faltas leves:
- Amonestación verbal, por escrito y suspensión de empleo y sueldo de hasta 3 días.
Por faltas graves:
- Suspensión de empleo y sueldo entre 4 y 15 días.
Por faltas muy graves:
- Suspensión de empleo y sueldo desde 16 días hasta 60 días.
- Rescindir contrato por despido disciplinario.