El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica de carácter mensual que tiene el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social, tanto de las personas que viven solas como aquellas integradas en una unidad familiar. Para este año, 2025, la cuantía del IMV se sitúa en 658,81 euros al mes para una persona que viva sola, lo que equivale a 7.905,72 euros anuales. Así, una de las preguntas más frecuentes es que si se puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital, mientras se cobra el paro. De esta forma, el SEPE, organismo encargado de gestionar las prestaciones por desempleo, despeja dudas, señalando que sí que se puede compatibilizar el paro con la renta garantizada.
Quien tiene derecho al Ingreso Mínimo Vital y cuantías para 2025
La Seguridad Social señala, a través de su web oficial, quienes pueden tener derecho a recibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Así se establece una renta garantizada en todo el territorio nacional a quien cumplan con una serie de requisitos:
- Tener al menos 23 años, o 18 años si hay menores a cargo, y no ser beneficiario de pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni de pensión no contributiva por invalidez o jubilación.
- Cumplir un año de residencia legal en España.
- Haber vivido independientemente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas.
- En el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos 1 año antes de la solicitud.
- Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
- Podrán ser beneficiarias las personas que temporalmente sean usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o sociosanitario.
Además, de estos requisitos básicos, el IMV, dependerá, exclusivamente, del nivel de ingresos y patrimonio de la persona solicitante. El patrimonio máximo permitido para poder tener derecho a percibir el IMV es de 3 veces la cuantía anual de la prestación para cada uno de los casos, restando posibles deudas que se tengan y sin tener en cuenta el valor de la vivienda habitual. El límite de patrimonio por unidad de convivencia para 2025 es el siguiente:
- Individual (adulto solo): 23.717,16 €.
- Un adulto y un menor: 33.204,02 €.
- 3 miembros (un adulto y dos menores): 42.690,89 €.
- Un adulto y tres menores: 52.177,75 €.
Compatibilidad del paro con el IMV
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) indica que sí es posible cobrar la prestación por desempleo al mismo tiempo que el IMV. Para ser más exactos, apunta que se puede “compatibilizar con la percepción de prestaciones económicas no contributivas de la Seguridad Social, como es el IMV y con cualquier tipo de rentas mínimas, salarios sociales o ayudas análogas de asistencia social concedidas por cualquier Administración Pública”. Además, hay que añadir una iniciativa bastante ventajosa para las personas que cobran un subsidio por desempleo. Se trata de la transición al Ingreso Mínimo Vital, la cual funciona como un “conducto directo” a renta garantizada. Esta medida opera de tal forma, que el trimestre previo al agotamiento del subsidio, el SEPE te envía una carta informativa sobre la posibilidad de hacer la transición hacia el IMV mediante este procedimiento.