La Justicia da la razón a un trabajador de 63 años que, pese a un rechazo inicial, podrá disfrutar de la jubilación anticipada con el 79% de su base reguladora.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha fallado a favor de un hombre de 63 años que reclamaba su derecho a la jubilación anticipada. Aunque la Seguridad Social denegó inicialmente su solicitud, el tribunal ha confirmado que este trabajador autónomo cumple con los requisitos, otorgándole una pensión de 1.819,71 euros al mes. ¿Te interesa saber qué ha motivado esta decisión judicial?
En concreto, el demandante contaba con casi 40 años de cotización y una base reguladora de 2.303,44 euros. Sin embargo, la principal controversia surgió por la interpretación de la “situación de alta o asimilada al alta” y la consideración de la inscripción como demandante de empleo. Tras varias reclamaciones y la presentación de un recurso por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el tribunal ha dictado sentencia reconociendo finalmente el derecho del trabajador a cobrar la prestación desde enero de 2023.
La importancia de conocer las condiciones para jubilarse de forma anticipada y evitar malentendidos
Toda persona interesada en una jubilación anticipada debe tener claro que existen requisitos mínimos de cotización y fórmulas específicas para quienes cesan su actividad de manera voluntaria. En este caso, el demandante tuvo que demostrar que llevaba inscrito como demandante de empleo, lo que se convirtió en un aspecto decisivo para asimilar su situación a la de alta.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón analizó detenidamente cada uno de los aspectos, confirmando que el trabajador había mantenido una inscripción activa y continuada en el servicio de empleo. De ahí que se aceptara su derecho a percibir la pensión de forma adelantada, sin necesidad de esperar a la edad ordinaria de jubilación.
Por qué la inscripción como demandante de empleo puede cambiarlo todo en materia de jubilación
Muchos autónomos desconocen que su permanencia en el paro puede considerarse, en determinados supuestos, una situación equiparable a la de alta. Sin embargo, no basta con darse de alta “de cualquier manera”. Es imprescindible cumplir con la normativa que regula la protección social y probar que se mantiene una búsqueda activa de empleo.
En el caso de este trabajador, la cuestión principal era demostrar que su cese de actividad no imposibilitaba acceder al retiro anticipado. El tribunal valoró positivamente la documentación aportada, determinando que la cotización acumulada y el porcentaje de la base reguladora (79%) eran suficientes para fijar la pensión en 1.819,71 euros.
Documentación, plazos y recomendaciones para solicitar la jubilación anticipada con éxito
Antes de iniciar cualquier trámite, conviene revisar cuidadosamente los requisitos y la documentación necesaria. A continuación, se presenta una tabla con los datos más relevantes de este caso:
Concepto | Detalle |
---|---|
Edad en el momento de solicitarla | 63 años |
Años de cotización acumulados | 39 |
Base reguladora | 2.303,44 euros |
Porcentaje aplicado | 79% |
Pensión resultante | 1.819,71 euros/mes |
Para quienes deseen iniciar el procedimiento, se recomienda:
- Consultar con la Seguridad Social para verificar los años cotizados.
- Mantener la inscripción en el servicio de empleo si se cierra la actividad voluntariamente.
- Guardar todos los justificantes que demuestren la situación de desempleo o alta asimilada.
En definitiva, esta sentencia evidencia la importancia de conocer en detalle la normativa y de conservar la documentación actualizada. La decisión del TSJA muestra que, en casos de jubilación anticipada, la inscripción como demandante de empleo puede resultar determinante. Por tanto, conviene informarse adecuadamente antes de presentar la solicitud o, en su defecto, recurrir a la vía judicial si se cree que existe fundamento para reclamar.