Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante confirma el derecho de la heredera y le permite inscribir el inmueble a su nombre, a pesar de que no figuraba en el Registro de la Propiedad. El caso ha sido resuelto por la Audiencia Provincial de Alicante, Sección Novena, y supone un alivio para aquellas personas que afrontan situaciones similares. La vivienda, ubicada en Santa Pola (Alicante), fue legada mediante un testamento ológrafo a la hermana de la fallecida, nacida en 1922 y residente en Alemania. Aunque los tribunales de primera instancia rechazaron inicialmente la demanda, se ha reconocido la validez del documento manuscrito y se ha permitido a la heredera formalizar la inscripción de la propiedad.
Cómo la ausencia de inscripción en el Registro de la Propiedad afecta al proceso hereditario y a quienes quieren formalizar su vivienda
El principal escollo radicaba en que el apartamento no estaba registrado de forma oficial. ¿Te parece complicado heredar un bien que no está inscrito? Esto puede conllevar largos procesos judiciales, ya que la ley española requiere que los inmuebles consten en el Registro de la Propiedad para brindar seguridad jurídica tanto a los dueños como a los posibles compradores. Antes de entender cómo sortear este trámite, conviene conocer qué documentos suelen ser necesarios para realizar la inscripción:
- Testamento o escritura de herencia: debe reflejar con claridad la voluntad de la persona fallecida.
- Certificado de defunción: acredita el fallecimiento y se solicita en el Registro Civil.
- Justificante del pago de impuestos: se han de liquidar los tributos pertinentes de la herencia.
Por otro lado, resulta útil comprobar la normativa aplicable para saber si el registro debe hacerse vía notario o en el juzgado, especialmente cuando el testamento es manuscrito y no ha sido protocolizado. A continuación, se muestra una tabla con los artículos clave para quienes se enfrentan a una situación similar:
Artículo/Reglamento | Contenido principal |
---|---|
Código Civil, art. 675 | La voluntad del testador prevalece en la interpretación. |
Código Civil, art. 764 | Testamentos sin incluir todos los bienes pueden ser válidos. |
Código Civil, art. 882 | El heredero adquiere la propiedad “ipso iure”. |
Reglamento Hipotecario | Normas para la correcta inscripción de inmuebles. |
Tener presentes estos artículos agiliza la comprensión del proceso, evitando futuras complicaciones que obliguen a recurrir a los tribunales.
Los criterios legales que permiten reconocer un testamento ológrafo como documento plenamente válido a pesar de no ser notarial
El testamento ológrafo exige cumplir ciertos requisitos: estar redactado íntegramente a mano por el testador, llevar su firma y fecha, así como reflejar con claridad la voluntad de quién hereda y qué se hereda. De hecho, la Audiencia Provincial de Alicante ha enfatizado la literalidad del texto para comprender que no se trataba de un simple “legado”, sino de una auténtica institución de heredero.
¿Te interesa saber más? Este tipo de testamento, aunque sea poco habitual, cobra plena validez legal siempre que se demuestre su autenticidad. El tribunal ha considerado que, tras confirmarse la voluntad de la fallecida y no existir más bienes ni herederos forzosos, la demandante tenía pleno derecho a la propiedad. El único paso que restaba era la protocolización judicial para poder inscribir el bien.
Recomendaciones para quienes reciben una herencia y desean acelerar la inscripción de su vivienda
Además de revisar en el Registro de la Propiedad si el inmueble está inscrito, conviene, en primer lugar, recopilar toda la documentación acreditativa (testamento, certificado de defunción y liquidación de impuestos). Posteriormente, se recomienda acudir a un profesional (notario o abogado experto en herencias) para garantizar que el proceso cumple los requisitos formales. En consecuencia, se evitarán conflictos futuros y se ganará seguridad jurídica.
Para cerrar el procedimiento, el tribunal dictaminó que la heredera, identificada como María Milagros, puede registrar la vivienda a su nombre. No se emitió pronunciamiento específico sobre las costas del juicio, por lo que cada parte asume sus gastos. Este desenlace subraya la importancia de los testamentos ológrafos en el derecho español y la necesidad de asegurar que los inmuebles estén debidamente inscritos para prevenir litigios.