La nueva normativa introduce un registro obligatorio de horas y reduce la jornada semanal a 37,5 horas, con el objetivo de garantizar una mayor transparencia y mejorar los derechos de los trabajadores.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 4 de febrero de 2025 la reforma laboral que afectará de lleno a las nóminas, tal y como se han conocido hasta ahora. Entre sus novedades más sonadas se encuentra el documento de control horario que las empresas deberán entregar mensualmente a sus empleados, además de la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales. Esta ley entrará en vigor antes del 1 de enero de 2026 y se prevé un funcionamiento similar al que ya aplican Alemania y Francia.
¿Quieres saber qué implicaciones tiene para los trabajadores y cómo se gestionarán las nuevas ayudas estatales o autonómicas del SEPE? A continuación, te contamos todos los detalles de esta reforma que promete dar un vuelco al ámbito sociolaboral.
Obligación de entregar un registro detallado de horas con la nómina en España
La principal novedad de la reforma es que las empresas deberán suministrar un documento anexo a la nómina en el que se reflejen todas las horas trabajadas por cada empleado. Este registro diferenciará las horas ordinarias, complementarias y extraordinarias, permitiendo un mayor control sobre la jornada real que se realiza.
El objetivo, según el Ministerio de Trabajo, es evitar el fraude en el cómputo de horas y asegurar que el personal reciba una compensación o descanso equivalente por cada minuto extra trabajado. Además, las compañías tendrán la obligación de conservar estos registros durante un periodo mínimo de cuatro años, de modo que puedan ser revisados por la Inspección de Trabajo o los representantes de los trabajadores.
A modo de referencia, en otros países como Alemania o Francia, ya existe un sistema parecido que ha contribuido a una mejor distribución de las horas y al bienestar de los empleados. De hecho, organismos como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) han respaldado este tipo de medidas al considerar que ayudan a equilibrar la productividad con la calidad de vida de la plantilla.
Cómo se realizará el control: requisitos, formularios y plazos de solicitud ante la Administración
La nueva ley obliga a todas las empresas a disponer de un sistema de registro horario digital, fiable y accesible. El trabajador deberá anotar su hora de inicio y fin de jornada, quedando constancia de:
- Horas ordinarias: las propias de la jornada estándar.
- Horas complementarias: para contratos a tiempo parcial, cuando se pactan horas adicionales.
- Horas extraordinarias: las que superan la jornada estipulada (incluidas en el nuevo documento).
Esta información no solo será clave a efectos de nómina, sino también para trámites y gestiones con la Administración. Por ejemplo, las oficinas de empleo podrían requerir dicho registro a la hora de procesar determinadas ayudas del SEPE, sobre todo si el solicitante necesita demostrar la compatibilidad de la ayuda con un contrato parcial. De ahí que sea tan importante conservar la documentación durante al menos cuatro años, plazo que la Inspección de Trabajo podría utilizar para supervisar el cumplimiento legal.
Consecuencias económicas y sanciones: lo que debes saber para evitar multas de hasta 10.000 euros
Una de las partes más novedosas de la reforma es el endurecimiento del régimen sancionador. Las multas se aplicarán por cada trabajador afectado, lo que implica que si una empresa incumple con 10 empleados, podrían imponerse 10 sanciones diferentes. Los tramos de cuantía quedarían establecidos así:
Nivel de infracción | Rango de multa |
---|---|
Leve (grado mínimo) | 1.000 – 2.000 euros |
Media (grado medio) | 2.001 – 5.000 euros |
Grave (grado máximo) | 5.001 – 10.000 euros |
Este refuerzo en el control beneficia la tramitación de ciertas prestaciones sociolaborales y subsidios, ya que el documento actúa como prueba oficial ante la Seguridad Social o el SEPE. Por otro lado, si no se acredita correctamente el registro, se presumirá que el trabajador ha cumplido toda la jornada ordinaria y las horas extraordinarias, lo que puede derivar en sanciones adicionales y conflictos legales.