El Gobierno aprueba el permiso retribuido al 100% con carácter retroactivo por nacimiento y cuidado del menor hasta 8 años

La coalición de Gobierno pacta una semana extra y el derecho podría aplicarse de inmediato tras pasar por el Consejo de Ministros.

El Ejecutivo ha dado un paso más en la protección de las familias: si el acuerdo rubricado por PSOE y Sumar recibe luz verde en el Consejo de Ministros, el permiso por nacimiento pasará de 16 a 17 semanas con efecto inmediato en cuanto se publique en el BOE. ¿Por qué es tan relevante? Porque, además, amplía notablemente los derechos de las familias monomarentales y blinda al 100 % las dos primeras semanas de permiso parental hasta los ocho años.

Quiénes pueden beneficiarse y cómo aprovechar la nueva semana adicional de permiso por nacimiento de hasta 17 semanas

El aumento corre a cargo de la Seguridad Social y abarca a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena y propia que ya tenían reconocido el permiso de 16 semanas. Para las familias monomarentales el salto es mayor: disfrutarán de 32 semanas, de las cuales cuatro podrán posponerse hasta que el menor cumpla ocho años, facilitando la conciliación en etapas escolares clave. ¡Ojo, que esto va en serio! Quien ya estuviera disfrutando del permiso cuando el texto se publique sumará automáticamente esos siete días extra sin necesidad de nuevo trámite.

Fechas de entrada en vigor y aplicación retroactiva del permiso parental retribuido al 100 % hasta los ocho años de edad

El calendario es claro:

  • Entrada en vigor: el día siguiente a la publicación en el BOE, inmediatamente después del Consejo de Ministros.
  • Retroactividad: las dos semanas de permiso parental retribuido al 100 % se reconocerán con efecto desde agosto de 2024, cumpliendo la obligación marcada por la Comisión Europea.

Eso significa que quienes hayan tomado ese permiso desde la citada fecha podrán reclamar la diferencia salarial correspondiente. ¿Eres madre o padre reciente y te preguntas cómo afectará esto a tu nómina? La empresa deberá regularizar las cotizaciones porque, a efectos de Seguridad Social, sigue tratándose de un permiso plenamente cotizable según el artículo 69 del Reglamento General de Cotización.

Documentación, trámites y organismos implicados para solicitar las nuevas semanas de permiso y regularizar cotizaciones pendientes

El procedimiento replica el actual: se tramita ante el INSS a través del modelo oficial, adjuntando libro de familia o certificación de nacimiento y, cuando corresponda, la declaración responsable de familia monomarental. Entre empresa y Seguridad Social deben intercambiar los datos a través del Sistema RED para que la prestación se ingrese sin demoras. Por otro lado, el trabajador comunicará a su empresa la ampliación de días con la misma antelación que exige el Estatuto de los Trabajadores para el permiso ordinario.

Tipo de permisoDuración totalRetribuciónCondiciones destacadas
Nacimiento (general)17 semanas100 %Dos primeras semanas ininterrumpidas; el resto, flexible hasta los 12 meses del menor
Nacimiento (familia monomarental)32 semanas100 %Cuatro semanas pueden disfrutarse en cualquier momento hasta los 8 años
Parental hasta los 8 años (novedad retribuida)2 semanas100 %Efecto retroactivo desde agosto 2024; compatible con el permiso de nacimiento
Parental hasta los 8 años (no retribuido art. 48 bis)8 semanas0 %Se mantiene sin cambios, puede fraccionarse
Permiso por lactancia acumuladaVariable100 %Puede sumarse al permiso de nacimiento, según RDL 2/2024

Por lo tanto, el paquete completo suma 19 semanas retribuidas (17 de nacimiento + 2 parentales) y otras 8 no pagadas, consolidando uno de los esquemas de protección familiar más amplios de Europa. En consecuencia, la empresa debe continuar cotizando por el trabajador durante todo el periodo, aplicando bases y tipos habituales.

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