Una madre soltera con dos hijos logra quedarse en su vivienda de Villaverde tras convencer al Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Madrid de priorizar sus circunstancias personales. El lanzamiento fijado para el 12 de septiembre quedó paralizado de forma indefinida.
La resolución ha sorprendido porque la inquilina percibe más de 1.300 euros mensuales en ayudas, incluido el Ingreso Mínimo Vital. Pese a ello, el tribunal entendió que su situación encajaba en los supuestos de vulnerabilidad, a partir de informes sociales y de su realidad familiar. ¿El origen del conflicto? Una deuda de 120 euros de alquiler social.
El Juzgado de Madrid suspende un desahucio por vulnerabilidad pese a 1.300 euros
El juzgado valoró que la vulnerabilidad no depende solo del nivel de ingresos. La madre, con dos menores a su cargo, acreditó obstáculos para acceder al empleo y cargas familiares que impiden optar a otra vivienda. En consecuencia, el desahucio quedó suspendido de manera indefinida, reabriendo el debate sobre el equilibrio entre propietarios e inquilinos.
Para entender el caso de un vistazo, estos son los datos clave:
Dato | Información |
---|---|
Órgano judicial | Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Madrid |
Distrito | Villaverde (Madrid) |
Lanzamiento previsto | 12 de septiembre |
Ayudas percibidas | Más de 1.300 € mensuales, incluido el Ingreso Mínimo Vital |
Deuda pendiente | 120 € de alquiler social |
Estado actual | Desahucio suspendido de forma indefinida |
Defensa | Ignacio Palomar Ruiz, Servilegal Abogados |
Situación del propietario | En paro, sin prestación y con deudas |
En conjunto, el fallo prioriza las condiciones personales de la arrendataria frente al dato aislado de los ingresos mensuales.
La defensa argumenta que la vulnerabilidad no depende únicamente del salario
El abogado Ignacio Palomar Ruiz sostuvo que la vulnerabilidad también se mide por las circunstancias vitales y sociales. Se aportaron informes de Servicios Sociales que acreditaban la dificultad para acceder al mercado laboral por falta de formación y experiencia. ¿No es ahí donde se complica todo en la práctica?
- Dificultad para acceder al mercado laboral reflejada en informes de Servicios Sociales.
- Falta de formación y experiencia laboral que agrava su situación familiar.
- Dos hijos menores a cargo y gastos fijos que impiden cambiar de vivienda.
- Percepción de más de 1.300 euros en ayudas, incluido el Ingreso Mínimo Vital.
- Deuda de 120 euros de alquiler social acumulada como origen del conflicto.
A juicio de la defensa, “Conseguir que se declare vulnerable a una persona que percibe más de 1.300 euros mensuales y lograr que su lanzamiento se suspensa durante más de cuatro años es, sin duda, un triunfo jurídico y humano”.
El propietario alegó falta de documentación y reclamó valorar su precariedad
El propietario, en paro, sin prestación y con deudas, alegó que la inquilina no aportó certificados clave de la Seguridad Social o el empadronamiento. También defendió que el legislador no pretendía que “todas las situaciones de bajos ingresos” se acogieran a medidas extraordinarias, pidiendo que se valorara su propia precariedad. Sin embargo, el tribunal priorizó el análisis de la arrendataria.
Una resolución que reabre el debate social sobre límites de vulnerabilidad
El caso vuelve a poner sobre la mesa los límites de la vulnerabilidad y el papel de la justicia al proteger a familias en riesgo. Porque, seamos claros, no es tan sencillo como parece. Como resumió la defensa: “Aunque muchos puedan pensar que un salario de 1.300€ excluye la vulnerabilidad, la realidad es que los gastos fijos y las circunstancias personales hacen inviable acceder a otra vivienda. Y la justicia lo ha entendido”.