Un trabajador del aeropuerto de Barajas es absuelto tras ser condenado 11 años por un delito que no cometió

Sigue a Infoemplea2 en Google

La Sala de lo Civil y Penal estima el recurso y revoca la condena impuesta por la Audiencia Provincial por tráfico de drogas y pertenencia a organización criminal.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha absuelto a Roberto M., trabajador de los servicios aeroportuarios del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, y deja sin efecto la pena de 11 años de prisión que le había sido impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid en marzo de este año.

La sentencia nº 368/2025, de 16 de septiembre, dictada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJM, integrada por María José Rodríguez Dupla (presidenta), Matías Madrigal Martínez‑Pereda y Teresa Chacón Alonso (ponente) estima el recurso de apelación de su defensa, ejercida por Juan Gonzalo Ospina Serrano, Beatriz Uriarte y Álvaro Arrechea, de la firma Ospina Abogados.

El caso: absolución del TSJ de Madrid a un operario aeroportuario tras condena previa

El tribunal declara acreditado que no existe evidencia ni directa ni indirecta que vincule a Roberto M. con la red criminal desmantelada en 2022 por la Guardia Civil, que intentó introducir más de 160 kilos de cocaína en España mediante equipajes procedentes de Paraguay y Ecuador.

Durante la investigación, el trabajador fue detenido junto a otros seis empleados del aeropuerto y varios colaboradores externos. La Audiencia Provincial sostuvo que, como capataz de Groundforce, habría desviado equipajes para facilitar la salida de mochilas con sustancia estupefaciente. El TSJM, sin embargo, concluye que su actuación se limitó a sus funciones habituales y que no hay pruebas de contacto, comunicación ni coordinación con los demás implicados.

La investigación: cámaras, registros y actuaciones en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas

Las cámaras de vigilancia mostraron únicamente el desempeño ordinario de sus tareas, sin conductas compatibles con la colaboración en un delito de tráfico de drogas, según recoge la resolución.

Además, no se hallaron registros telefónicos, mensajes, documentos ni testigos que acreditaran relación alguna entre el operario y los integrantes de la red criminal, muchos de los cuales sí fueron condenados con penas de entre seis y once años de prisión.

El fallo judicial del TSJM: sentencia 368/2025 y presunción de inocencia

El TSJM revoca íntegramente la condena, modifica los hechos probados de la resolución anterior y elimina toda referencia a la supuesta participación de Roberto M. en los hechos. La Sala acuerda su absolución de los delitos contra la salud pública y pertenencia a grupo criminal, y declara de oficio las costas procesales.

En su motivación, los magistrados subrayan que la condena previa se apoyó en “meras conjeturas policiales” y que vulneró el derecho fundamental a la presunción de inocencia reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española.

Impacto: criterios probatorios y efectos para investigaciones penales en aeropuertos

El pronunciamiento incide en que el desempeño laboral ordinario, sin vínculos objetivos con terceros, no puede transformarse en prueba incriminatoria. En este sentido, refuerza la exigencia de evidencias sólidas para sustentar acusaciones en operaciones complejas dentro de infraestructuras críticas como los aeropuertos.

Para la defensa, el fallo “pone de manifiesto la importancia del principio de presunción de inocencia y la necesidad de que toda condena se fundamente en pruebas sólidas, no en conjeturas”, según valoró el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina.

Deja un comentario