El Gobierno propone que los enfermos de cáncer vuelvan al trabajo antes de su recuperación total tras seis meses de baja

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Seguridad Social plantea una reincorporación progresiva: tras 180 días de incapacidad temporal y con alta por curación o mejoría, un mes al 50% y después jornada completa. Patronal y sindicatos expresan reparos por salud, regulación y costes.

El Ministerio de Seguridad Social ha reactivado en el diálogo social una propuesta para los trabajadores con enfermedades graves (como cáncer o cardiopatías): volver al trabajo de forma progresiva cuando un facultativo emita el alta por curación o mejoría. Dicho de otra forma: tras seis meses de baja, el trabajador regresará a su puesto un mes a media jornada y, pasado ese mes, a tiempo completo.

Quiénes podrían acogerse y qué exige la Seguridad Social para reincorporarse

La propuesta alcanza tanto a personas trabajadoras a tiempo completo como a tiempo parcial con una jornada equivalente, al menos, al 80% de la de un comparable a tiempo completo, que estén en situación de incapacidad temporal. El parte de alta médica, por curación o mejoría, deberá fijar un «periodo de reincorporación progresiva» inmediatamente posterior al alta. El requisito clave es que hayan transcurrido, como mínimo, 180 días desde el inicio de la baja.

Cómo funcionaría la reincorporación progresiva y qué pagos asumirían cada parte

Durante el primer mes de reincorporación, la jornada sería del 50%. En ese periodo, la Seguridad Social asumiría el 50% de la prestación y la empresa abonaría el salario correspondiente a la otra mitad de la jornada. A partir de ese primer mes, el trabajador pasaría a la jornada completa habitual.

La medida persigue acortar el proceso de incapacidad temporal y aliviar de este modo los costes del sistema durante ese mes.

Qué enfermedades graves incluye la propuesta y posibilidad de ampliaciones futuras

El Ejecutivo incluye procesos oncológicos, isquémicos cardíacos, accidentes cerebro vasculares o traumatológicos graves, incluidas las situaciones post-trasplante. La nueva redacción se incorporaría al artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social. Además, se abre la puerta a que reglamentariamente se incorporen otras patologías consideradas igualmente graves.

Antes de seguir, conviene repasar los puntos esenciales del planteamiento:

  • Alta médica por curación o mejoría.
  • Mínimo de 180 días de baja para activarse.
  • Un mes de trabajo al 50% de jornada.
  • Seguridad Social asume el 50% de la prestación ese mes.
  • La empresa paga el salario de la otra mitad de la jornada.
  • Enfermedades: oncológicas, isquémicas cardíacas, cerebrovasculares y traumatológicas graves, con post-trasplante.
  • Posible ampliación reglamentaria de patologías graves.

Como ves, se trata de un marco con condiciones muy concretas.

Reacciones de patronal y sindicatos y cambios propuestos en contratos de sustitución

Según las fuentes del diálogo social, ni patronales ni sindicatos ven con buenos ojos que alguien que no está al 100% recuperado tenga que volver al trabajo y cobrar un salario. Los motivos: la salud del trabajador, un exceso regulatorio (prefieren acordarlo caso a caso) y el coste empresarial. La crítica se resume en una pregunta directa: «¿Alguien piensa que estar un mes trabajando a media jornada va a permitir a una persona recuperarse para estar al cien por cien pasados esos treinta días?».

Además, el borrador prevé adaptar el Estatuto de los Trabajadores: si la empresa contrató a una persona de sustitución, el contrato podría pasar a media jornada cuando el titular regrese al 50% y extinguirse cuando vuelva a tiempo completo. Por otro lado, se señala que el texto no contempla una supervisión médica posterior específica para certificar el salto del 50% al 100%, como sí sucede en otras normativas comparadas.

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