En el ámbito laboral, es muy común que los empleados se enfrenten a situaciones donde sienten que sus derechos no son respetados o que las condiciones de trabajo son inapropiadas. Sin embargo, el temor a las represalias, como el despido, pueden disuadir a muchos de expresar sus quejas abiertamente. Es importante saber que la legislación española ofrece protección para aquellos trabajadores que deciden presentar quejas o reclamaciones en su entorno laboral. El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de los empleados a ejercer acciones individuales derivadas de su contrato laboral. Esto significa que cualquier persona puede quejarse de sus condiciones de trabajo sin miedo a represalias por parte de su empresa.
¿Qué es la garantía de indemnidad recogida en el Estatuto de los Trabajadores?
Estas acciones pueden incluir desde la presentación de una papeleta de conciliación hasta la interposición de una demanda judicial o una denuncia ante la Inspección de Trabajo. La “garantía de indemnidad” es un principio legal que protege a los trabajadores contra represalias por parte de la empresa tras haber ejercido sus derechos laborales. Esto significa que, si un empleado presenta una queja o demanda y, posteriormente, es despedido o sancionado sin una causa justificada, dicha acción empresarial puede ser considerada nula por vulnerar los derechos fundamentales. Es esencial que exista una conexión temporal y causal entre la reclamación del trabajador y la represalia para que esta garantía sea aplicable.
El caso de un conductor de ambulancia en Extremadura es un claro ejemplo de la garantía de indemnidad recogida en el Estatuto de los Trabajadores y sienta todo un precedente en la jurisprudencia laboral española. Este trabajador, que ejercía como conductor en una empresa de transporte sanitario, realizó varias quejas y reclamaciones ante la Inspección de Trabajo en el año 2022. Estas se centraban en excesos de horas trabajadas durante su jornada y el impago de las horas extras. En una ocasión, tras haber superado las 11 horas de trabajo, se negó a realizar un servicio, argumentando que dicha instrucción contravenía la normativa de jornada laboral. La empresa, considerando esta negativa como desobediencia y abandono del servicio, procedió a su despido.
De ser despido a lograr su readmisión con una indemnización de 6.000 euros
El Tribunal Supremo analizó si el despido vulneraba el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, que incluye la garantía de indemnidad, es decir, el derecho a no sufrir represalias por reclamar el cumplimiento de sus derechos laborales. El tribunal concluyó que las reiteradas reclamaciones del trabajador sobre su jornada y la falta de pago, junto con la proximidad temporal de su despido, constituían indicios sólidos de una represalia empresarial. Además, determinó que la empresa no logró demostrar que la decisión del despido estuviera motivada por razones objetivas y ajenas a cualquier represalia. Por lo tanto, se declaró la nulidad del despido, ordenando la readmisión del trabajador y el pago de una indemnización de 6.000 euros por daños y perjuicios.