El trabajador en cuestión, que tenía una antigüedad de 16 años en la empresa, ingirió una croqueta que se iba a tirar a la basura y Mercadona lo despidió por esta conducta; sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, confirma que los hechos acontecidos no justificarían la remisión del contrato. El pasado 15 de octubre el despido se declaró improcedente a través de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia. Los hechos acontecieron de la siguiente manera:
Todo sucedió un sábado por la noche en un Mercadona de Albacete que acababa de cerrar sus puertas al público, y sus trabajadores se disponían a recogerlo todo. Uno de ellos se dirigió a la zona de “listos para comer”. El empleado cogió una croqueta de uno de los blíster y se la comió. Al día siguiente, este empleado reconoció ante la superiora de la tienda que había ingerido un alimento sin haberlo pagado. Y esta misma le recuerda que está terminantemente prohibido consumir alimentos del supermercado, aunque estos se vayan a destinar a la basura.
¿Qué sucedió después del altercado?
Ese mismo día, Mercadona le comunicaría su despido por causas disciplinarias al considerar lo acontecido como un hecho muy grave, según su convenio colectivo. El empleado, que llevaba 16 años en la empresa, tenía una categoría de gerente en el tramo 5 con un sueldo de 2.058 euros al mes y el finiquito que le dieron fue de 944,38 euros.
Sin embargo, la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sentenció que se trató de un despido improcedente. El TSJ estableció que la conducta imputada al trabajador no puede ser constitutiva de una falta muy grave, pero sí merecedora de una multa. Sin embargo, de ningún modo, la ingesta de una croqueta puede desembocar en la sanción más grave del mundo laboral, como es el despido de un trabajador.
Comportamiento del trabajador
El Tribunal Superior de Justicia afirmó que la empresa debería readmitir al empleado o en su caso, indemnizarle con cerca de 40.000 euros. Sin embargo, el resumen de todo esto es mucho más simple: el demandante, el 8 de julio a las 22 horas de la noche consume una croqueta del blíster destinado a basura, sin ninguna ocultación, reconociendo además tal hecho ante los demás, y afirmando que tal situación ha sido excepcional, puntual y esporádica, conociendo el reglamento de la empresa. Es decir, una desobediencia que facultaría a Mercadona a sancionar a su empleado pero no a despedirle según el tribunal. Finalmente, el trabajador recibiría la indemnización por parte de la empresa.
Ahora que ya sabes qué sucedió con el comportamiento de este trabajador en relación con su empresa, puedes consultar esta y otras noticias parecidas en nuestra sección de actualidad.