El Gobierno confirma el aumento del 2,8% en las pensiones contributivas, junto a mejoras para las mínimas y la continuidad de los descuentos en transporte. Miles de jubilados y pensionistas estaban pendientes de saber si la revalorización se mantendría o volvería a la cuantía de 2024. Pedro Sánchez, presidente del Gobierno de España, ha anunciado un nuevo Real Decreto Ley para asegurar la subida de todas las pensiones este 2025, después de que el llamado decreto ómnibus no consiguiera los apoyos necesarios en el Congreso de los Diputados la semana pasada. Gracias a un pacto de última hora con Junts, el Ejecutivo logra sacar adelante la revalorización del 2,8% prometida, además de incluir las ayudas al transporte público y otras medidas sociales que habían quedado en el aire.
Primeras claves de la revalorización: quiénes son los beneficiarios y cuánto sube
La medida afecta a las pensiones contributivas de jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares, así como a las mínimas del sistema. Los pensionistas verán reflejada esta subida en la nómina del próximo mes de febrero y la mantendrán todo el año, dejando sin efecto la amenaza de volver a las cuantías anteriores.
Las pensiones contributivas suben un 2,8%, lo que puede traducirse en alrededor de 600 euros más al año para las jubilaciones medias y de 500 euros anuales adicionales para las prestaciones del sistema en general. La pensión máxima alcanzará los 3.263,94 euros al mes (14 pagas) y 45.695,17 euros al año, lo que supone 103,71 euros más al mes respecto a 2024. Las mínimas también se incrementan, incluidas las de viudedad y orfandad, con subidas que oscilan entre el 2,8% y el 9,1%, dependiendo de la modalidad y la presencia de cónyuge a cargo.
Así quedan las pensiones de jubilación y de incapacidad permanente con el nuevo decreto en vigor
Bajo este nuevo Real Decreto, la tabla de las pensiones de jubilación se mantiene con el aumento del 2,8%. Por ejemplo, la jubilación con 65 años y cónyuge a cargo pasa a ser de 1.095,30 euros mensuales en 14 pagas (15.334,17 euros al año). En la modalidad sin cónyuge a cargo, la cuantía queda en 874,71 euros mensuales, mientras que si no se tiene cónyuge a cargo, la prestación será de 830,30 euros al mes.
En cuanto a la incapacidad permanente, el incremento también se sitúa en el 2,8%. Así, la gran invalidez con cónyuge a cargo alcanzará los 1.642,89 euros mensuales; y si se trata de una incapacidad absoluta, la cuantía podrá oscilar desde los 1.095,30 euros con cónyuge a cargo hasta los 830,30 euros en caso de convivir sin esa figura.
Qué sucede con las pensiones mínimas, el Ingreso Mínimo Vital y otras ayudas autonómicas en 2025
El nuevo Real Decreto también revaloriza las pensiones mínimas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV). En términos generales, quienes perciban la prestación mínima experimentarán subidas superiores al 2,8% (entre el 6% y el 9,1% en algunos supuestos), garantizando una mayor protección a los hogares con menos ingresos.
Las comunidades autónomas mantienen, de momento, sus propias ayudas complementarias. El Ejecutivo planea revisar, en los próximos meses, si dichas prestaciones autonómicas deben armonizarse con el nuevo incremento estatal.
La percepción de otras ayudas (por ejemplo, rentas de inserción o subsidios del SEPE) puede ser incompatible con algunas pensiones si se superan los topes económicos previstos por ley. Lo ideal es consultar cada caso concreto en la Seguridad Social o en los servicios públicos de empleo. Además, carecer del periodo de cotización mínimo, no presentar la documentación requerida o no acreditar la residencia legal en España en supuestos de pensiones no contributivas, puede dar lugar a denegaciones.