Los beneficiarios de subsidios no pueden superar el 75% del SMI (unos 888 euros) al mes. Si un premio hace rebasar ese límite, hay que comunicarlo en 15 días y se suspende el cobro de ese mes.
Si cobras un subsidio del SEPE y te cae un premio de la lotería, hay un paso imprescindible: informar al organismo en un plazo de 15 días si ese ingreso extra hace que superes el 75% del SMI, unos 888 euros mensuales. El premio se considera un ingreso extraordinario y provoca la suspensión del subsidio solo durante el mes en que se cobra. Después, si no se vuelve a superar el límite y se cumple la carencia anual de rentas, se puede reanudar.
Qué trámite exige el SEPE cuando cobras un subsidio y te toca la Lotería de Navidad
¿Te ha tocado un premio y cobras un subsidio por agotamiento, insuficiencia de cotizaciones o para mayores de 52 años? El SEPE fija que no se pueden superar ingresos mensuales por encima del 75% del SMI. Si el premio te hace pasar de esos 888 euros en ese mes, debes comunicarlo en 15 días desde que lo recibes. El organismo lo interpreta como una entrada puntual, no periódica, por lo que el subsidio se suspende ese mes y podrás pedir su reanudación después, siempre que no superes la carencia anual de rentas al dividir el premio entre doce y sumarlo a tus otros ingresos. No informar al SEPE puede acarrear la suspensión.
Pasos clave si te toca un premio cobrando subsidio:
- Comprobar si en ese mes superas el 75% del SMI, unos 888 euros.
- Comunicar al SEPE el ingreso extraordinario en un plazo de 15 días.
- Aceptar la suspensión del subsidio solo en el mes del cobro.
- Solicitar la reanudación si después no superas límites mensuales y anuales.
Ejemplo práctico con el Gordo y la reanudación del subsidio mensual
Con un décimo del Gordo, tras impuestos, se perciben 328.000 euros. Dividir esa cifra entre doce supone 27.333 euros al mes, por lo que se incumple temporalmente el requisito de carencia de rentas. En consecuencia, el subsidio se suspende en el mes en que entra el dinero, pero podrá reanudarse al solicitarlo en el mes siguiente si ya no se superan los límites. ¿Y si el premio es menor y no rebasas los 888 euros en ese mes? Entonces no es necesario comunicarlo.
Qué ocurre con la prestación contributiva por desempleo y con las pensiones
En la prestación contributiva por desempleo, ganar un premio no extingue el paro, siempre que se mantengan los requisitos de acceso y se renueve correctamente. Es un derecho generado por las cotizaciones y se mantiene durante el tiempo reconocido, con un máximo de dos años. En pensiones contributivas sucede lo mismo: el premio no hace perder la pensión, ya que es un derecho adquirido por cotización. Por otro lado, puede haber problemas con el complemento a mínimos si se supera el límite de rentas.
| Situación | Efecto del premio | Trámite obligatorio | Nota clave |
|---|---|---|---|
| Subsidio del SEPE | Cuenta como ingreso extraordinario; si supera 75% SMI se suspende ese mes | Comunicar al SEPE en 15 días | Reanudación posible si no se supera la carencia anual de rentas |
| Prestación contributiva por desempleo | No supone la extinción si se cumplen requisitos y se renueva | Renovar correctamente la prestación | Derecho generado por cotización hasta un máximo de dos años |
| Pensión contributiva | No se pierde por cobrar un premio | No se indica obligación adicional | La pensión es un derecho adquirido por cotizaciones |
| Complemento a mínimos | Puede verse afectado si se supera el límite de rentas | Según límites aplicables | Podrían surgir problemas si se exceden los topes establecidos |







