El SEPE aclara que la reforma no modifica la cuantía ni las cotizaciones de esta prestación. Tranquilidad para los beneficiarios: se mantiene el 80% del IPREM y la cotización del 125% de la base mínima.
El subsidio para mayores de 52 años se mantiene sin cambios tras la reforma del nivel asistencial que entró en vigor el 1 de noviembre de 2024. El SEPE ha lanzado un mensaje de calma en su perfil oficial, confirmando que esta ayuda clave no ha sido alterada.
Qué mantiene el subsidio para mayores de 52 años tras la reforma aprobada y vigente
¿Quiénes pueden estar tranquilos? Las más de 270.000 personas que perciben este subsidio en España. Se conservan sus dos pilares: una cuantía mensual del 80% del IPREM (480 euros) y la cotización del 125% de la base mínima mientras se cobra la prestación. El propio SEPE lo recuerda de forma explícita: “no se ha modificado por la reforma del nivel asistencial”.
Esta precisión llega tras la entrada en vigor del nuevo marco, que busca simplificar procedimientos y mejorar el acceso a las ayudas por desempleo, sin impacto en la prestación para mayores de 52 años. Así de claro.
Cambios del nivel asistencial que no alteran esta prestación clave y vigente
La reforma, aprobada en Consejo de Ministros el 21 de mayo y convalidada en el Congreso el 20 de junio, elimina trabas y amplía plazos. ¿Qué cambia exactamente en el nivel asistencial, pero no en el subsidio de 52 años?
- Desaparece el mes de espera y el concepto de días consumidos.
- El plazo de solicitud se amplía a seis meses desde el hecho causante.
- Se elimina el doble requisito de carencia de rentas propias y familiares.
- Las prestaciones son compatibles con becas y ayudas de formación, y con trabajo mediante el Complemento de Apoyo al Empleo hasta 180 días; después, el subsidio se suspende automáticamente.
- Se amplía la cobertura del subsidio por agotamiento a menores de 45 sin cargas si cotizaron al menos 360 días, y se unifica la protección de eventuales agrarios con la del resto.
Por tanto, el rediseño beneficia a otros subsidios, pero no toca el de 52 años, que conserva su estructura original.
Por qué se generó confusión y cómo se resolvió en el Congreso
La polémica surgió por un primer borrador que rebajaba progresivamente las cotizaciones del 125% al 100%. Ese punto encendió el debate político y motivó un rechazo inicial. Tras nuevas negociaciones, el Gobierno eliminó esa medida del texto final. En consecuencia, quienes accedan o ya cobren el subsidio seguirán generando derecho a pensión en las mismas condiciones. Ni más ni menos.
Nuevas cuantías y obligaciones de renovación que sí afectan a otros subsidios
Donde sí hay cambios es en las cuantías del resto de subsidios, con un esquema escalonado que impulsa la búsqueda de empleo en los primeros meses. Además, dejan de ser de duración abierta y pasan a renovarse cada tres meses mediante solicitud de prórroga, con la obligación anual de presentar la declaración del IRPF y una declaración responsable de rentas. ¿Cómo quedan las cuantías?
A partir del 1 de noviembre, el resto de subsidios del nivel asistencial siguen este esquema:
Tramo de percepción | Porcentaje IPREM | Importe mensual |
---|---|---|
Primeros 6 meses | 95% | 570 euros |
Siguientes 6 meses | 90% | 540 euros |
Resto del periodo | 80% | 480 euros |
Este último tramo se equipara a la cuantía del subsidio para mayores de 52 años, que, insistimos, permanece intacto en sus condiciones económicas y de cotización.