El SEPE suspenderá durante 16 semanas la prestación por desempleo a los trabajadores que sean padres o madres

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La prestación por desempleo se paraliza y se pasa a cobrar del INSS la prestación por nacimiento y cuidado de menor durante 16 semanas, al ser incompatibles entre sí.

Al convertirse en padre o madre mientras se cobra la prestación contributiva por desempleo, el SEPE la suspende para que se perciba la prestación por nacimiento y cuidado de menor del INSS. Esta ayuda dura 16 semanas y es contributiva, por lo que no puede compatibilizarse con el paro. La base reguladora se calcula con la media de las bases de cotización de los últimos 180 días y se cobra el 100%.

Qué cambia si cobras el paro y eres padre o madre según SEPE e INSS

¿Estás percibiendo el paro y vas a tener un hijo? En la práctica, se activa la incompatibilidad prevista en la Ley General de la Seguridad Social (artículos 282 y 284). El paro se suspende, se cobra la prestación por nacimiento y, al finalizar, se reanuda el desempleo en las mismas condiciones. Importante: durante ese periodo no se consume paro.

A continuación, los pasos y requisitos básicos que debes seguir:

  • Comunicar el nacimiento, adopción, guarda o acogimiento al SEPE para que suspenda la prestación por desempleo.
  • Solicitar al INSS la prestación por nacimiento y cuidado de menor.
  • Percibir 16 semanas con una cuantía del 100% de la base reguladora (media de las bases de los últimos 180 días).
  • Al finalizar, solicitar en el SEPE la reanudación del paro; el tiempo del permiso no descuenta días de prestación.

Dicho claro: no se pueden cobrar a la vez el paro y la prestación por nacimiento, porque ambas son contributivas. Por tanto, se aplica la suspensión del desempleo y, después, su reanudación.

Diferencias legales entre prestación contributiva por desempleo y subsidios ante el nacimiento

¿Y si estás en un subsidio por desempleo? En ese caso, el tratamiento es distinto. Los subsidios (como el de mayores de 52 años o el de agotamiento del paro) continúan cobrándose con la misma cuantía y duración, al tener carácter no contributivo a efectos de la Seguridad Social. Solo hay que comunicar el nacimiento a la oficina de empleo para que, mientras dure el permiso, se suspendan las obligaciones como demandante.

Ejemplo práctico: Ana tenía 12 meses de paro y llevaba 3 consumidos cuando fue madre. El SEPE le suspendió el paro, cobró 16 semanas del INSS y, al terminar, reanudó los 9 meses restantes.
Otro caso: Carlos, con un subsidio por desempleo (como el de mayores de 52 años), al ser padre sigue cobrando su subsidio; comunica el nacimiento y se le suspenden las obligaciones como demandante durante el permiso.

Para facilitar la consulta, aquí tienes un resumen:

SituaciónQué se cobraSuspensión del paro/subsidioGestión y duración
Cobras prestación contributiva por desempleo y eres padre/madrePrestación por nacimiento y cuidado de menorSe suspende el paro; no se consume y luego se reanudaINSS; 16 semanas y 100% de la base reguladora (media últimos 180 días)
Cobras un subsidio por desempleo (p. ej., mayores de 52 años)El mismo subsidio reconocidoNo se suspende; mantiene cuantía y duraciónSEPE; se comunican los hechos y se suspenden obligaciones como demandante durante el periodo de permiso

En pocas palabras: si cobras paro, se suspende para dar paso a la prestación por nacimiento; si cobras subsidio, continúas igual. ¿Lo tienes todo listo para comunicarlo y evitar errores?

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