¿Quién no ha vivido ese momento en el que el médico te firma la baja y, aun así, te cae encima un marrón burocrático? Imagínate que, además, llevas un embarazo de riesgo y el único deporte recomendable es cambiar de canal con el mando. Pues justo eso le pasó a una abogada madrileña: con el sofá por prescripción facultativa y, aun así, llamada a declarar en Soria vía Zoom.
El resultado fue tan sorprendente como indignante (expediente disciplinario incluido), y ha abierto una grieta en la forma de entender la conciliación en los juzgados. De ahí que el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) haya tirado de teléfono rojo y haya plantado una denuncia ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). ¿Nos acompañas a desgranar el caso? Prometemos datos concretos, alguna que otra pulla y, sobre todo, pistas prácticas por si un día te toca a ti pedir una suspensión.
¿Qué le ocurrió exactamente a la letrada embarazada?
El Juzgado de Instrucción n.º 3 de Soria convocó una diligencia el 14 de mayo de 2025. La abogada, con 35 semanas de gestación y riesgo confirmado de preeclampsia, aportó un informe ginecológico que ordenaba reposo absoluto. Aun así, el juez le respondió que podía conectarse “sin problema” desde casa y siguió adelante con la vista.
Dos días después, el 16 de mayo de 2025, llegó la segunda citación con idénticas condiciones. La letrada volvió a ausentarse (su médico seguía sin cambiar de opinión) y, acto seguido, el magistrado abrió expediente por “incomparecencia injustificada” y asignó un abogado de oficio al investigado. En resumen: doble presión (sobre la gestante y sobre el derecho de defensa) en apenas 48 horas.
¿Por qué no bastaba con la conexión remota?
Aunque suene cómodo, litigar desde el salón no siempre es viable: el reposo absoluto implica controlar presión arterial, evitar estrés y, sí, mantenerse tumbada más que sentada ante una pantalla. El ICAM subraya que exigir la presencia (virtual o no) frente a un tribunal cuando el médico dicta inmovilidad “colisiona con la salud materna y la diligencia profesional”.
Además, el cambio de abogada sin consentimiento del investigado puede rozar la indefensión: el nuevo letrado aterrizó en el procedimiento sin conocer el caso y con apenas minutos para prepararse, algo que cualquier mortal consideraría un mal chiste judicial.
¿Qué dice la ley sobre suspender vistas por baja médica?
Aquí no hay misterio ni letra pequeña. El Real Decreto-ley 5/2023 y la flamante Ley Orgánica 5/2024, del Derecho de Defensa, obligan a suspender las actuaciones cuando el letrado está de baja, en embarazo o en situación equiparable. De hecho, ambos textos recalcan que la suspensión no perjudica los derechos procesales de las partes: simplemente se reprograma la fecha o se nombra sustituto con autorización expresa del cliente.
Por tanto, forzar el teclado en pleno reposo o cambiar la defensa sin permiso contradice, de golpe, la normativa y la lógica sanitaria. O, dicho de otro modo, lo que el BOE une, ningún Juzgado debería separar. Antes de que cunda el pánico, toma nota de este pequeño salvavidas legal:
- Adjunta el parte de baja y el informe médico: especifica la patología, la fecha y la necesidad de reposo.
- Cita la normativa vigente (RD-ley 5/2023 y LO 5/2024) para reforzar tu solicitud.
- Propón fecha alternativa o sustituto consensuado con tu cliente para que no se alegue indefensión.
Con estos tres pasos (y un poco de paciencia), el juzgado debería atender la petición sin dramas ni expedientes sorpresa.
¿Qué consecuencias puede tener este caso para jueces y abogados?
El ICAM ha pedido al CGPJ que investigue si se vulneraron el derecho a la salud (art. 43 CE), la conciliación y la libertad profesional. Si prospera la queja, podría sentarse un precedente útil para futuros embarazos de riesgo o bajas prolongadas: compatibilizar plazos procesales con la salud del abogado dejaría de ser “cortesía” y pasaría a ser obligación inexcusable.
En paralelo, la organización madrileña llevará el asunto al Consejo General de la Abogacía Española y al Colegio de la Abogacía de Soria. De ahí podrían salir recomendaciones deontológicas que sirvan de brújula para evitar otros sustos parecidos. En definitiva, garantizar la salud de quien defiende es, paradójicamente, la mejor forma de defender a quien se sienta en el banquillo.