El tribunal de Castilla y León respalda a la empresa tras descubrir que la empleada hacía montañismo durante su incapacidad temporal.
No hay debate sobre la cronología de los hechos, pero sí sobre su interpretación legal. Una técnica de farmacia, empleada desde marzo de 2007, fue despedida por segunda vez en diciembre de 2023, tras descubrirse que, mientras estaba de baja por ansiedad, participaba en un curso de senderismo en los Picos de Europa. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado que el despido fue procedente y ha desestimado todos los recursos presentados por la trabajadora.
El caso no es nuevo. La primera vez que fue despedida fue en abril de 2023, tras ausentarse tres días consecutivos del trabajo sin justificar su falta. Sin embargo, un defecto de forma en el procedimiento obligó al juzgado a anular ese primer despido y la empleada fue reincorporada a su puesto en noviembre. Apenas un mes después, solicitó y obtuvo permiso para ausentarse otros tres días por exámenes de un ciclo formativo en Senderismo en el que estaba matriculada. Justo en ese momento se activó un nuevo episodio que acabaría, de nuevo, con su despido.
De la baja por ansiedad a las cumbres del norte
En diciembre de 2023, la trabajadora fue declarada en situación de incapacidad temporal, alegando ansiedad, insomnio, bajo estado de ánimo y desgana. Diagnosticada en un centro de salud mental, comenzó un tratamiento como parte de la baja. Sin embargo, la empresa sospechaba que la causa real de su ausencia podría no coincidir con el cuadro clínico presentado. Decidieron entonces contratar a un detective privado.
La investigación confirmó las sospechas. Durante cinco días, la empleada asistió a un curso teórico-práctico de montañismo en Ojedo, alojándose en una furgoneta y participando en actividades físicas en plena naturaleza. Todo ello mientras continuaba oficialmente de baja médica por ansiedad.
En la carta de despido, la empresa fue tajante: “Ha quedado acreditado que la empleada ocultaba el verdadero motivo de su baja médica, que no era otro que asistir y completar de manera continuada un curso académico con prácticas presenciales”.
La justicia valida el despido
La trabajadora llevó el caso ante el Juzgado de lo Social n.º 1 de Palencia, alegando que las actividades realizadas no eran incompatibles con su situación médica. Sin embargo, el juzgado no compartió ese argumento y avaló el despido disciplinario, señalando una clara “vulneración de la buena fe contractual y deslealtad manifiesta”.
La sentencia, que ha sido dada a conocer por el profesor de Derecho del Trabajo, Francisco Trujillo, vuelve a plantear un debate habitual en este tipo de casos: ¿hasta qué punto puede una persona realizar ciertas actividades estando de baja por motivos psicológicos? Para los tribunales, en este caso concreto, no hay dudas: no se trataba de una recuperación en el entorno natural, sino de una participación activa y prolongada en un curso exigente, lo que vulnera la confianza en la relación laboral.