El Servicio Estatal de Empleo mantiene en vigor el subsidio para mayores de 52 años. Está dirigido a personas desempleadas que han agotado la prestación contributiva y cumplen todos los requisitos de una pensión contributiva, salvo la edad. Para quienes nacieron antes de 1973, esta ayuda puede sostenerse hasta alcanzar la jubilación.
Antes de entrar en detalles, echemos un rápido vistazo a los datos esenciales del subsidio:
| Dato clave | Detalle |
|---|---|
| Cuantía mensual | 480 euros (80% del IPREM) |
| Cotización a jubilación | Base del 125% del tope mínimo |
| En vigor desde | 13 de marzo de 2019 |
| Gestión | SEPE, desde el 1 de noviembre de 2024 |
| Plazo general de solicitud | Tres meses desde el agotamiento del paro |
| Colectivo principal | Desempleados mayores de 52 que cumplen requisitos de pensión, salvo edad |
Además de la cuantía fija, esta prestación cotiza a la Seguridad Social, lo que resulta clave para no perder el ritmo en la carrera hacia la pensión. ¿Te interesa mantener tus cotizaciones mientras buscas empleo? Aquí tienes lo imprescindible.
Quién puede pedir el subsidio para mayores de 52 del SEPE y por qué
En primer lugar, es necesario estar en desempleo y carecer de rentas propias superiores al 75% del SMI, fijado en 888 euros al mes en 2025. También se exige mantener la inscripción como demandante durante un mes, sin rechazar ofertas ni formación y cumpliendo el compromiso de actividad. En cuanto a la carrera laboral, se deben acreditar 15 años cotizados, con al menos dos dentro de los últimos quince, y seis años de cotización por desempleo.
Existe una salvedad: aunque entre los requisitos figuraba no tener la condición de fijo discontinuo, desde el 2 de marzo de 2022 las personas de este colectivo pueden acceder si cumplen el resto de apartados. Ojo con esto porque amplía el alcance del subsidio.
Los requisitos específicos que dan derecho a solicitar la prestación son:
- Haber agotado la prestación contributiva o un subsidio por desempleo.
- Ser emigrante retornado que haya trabajado al menos 12 meses en los últimos seis años en países no UE/EEE y sin derecho a prestación contributiva.
- Ser liberado de prisión sin derecho a contributiva cuando la privación de libertad haya superado los seis meses.
- Haber sido declarado plenamente capaz o con incapacidad permanente parcial tras revisión de gran invalidez, absoluta o total para la profesión habitual.
- Estar en situación legal de desempleo sin derecho a contributiva, habiendo cotizado entre 90 y 359 días.
- Que computen cotizaciones realizadas en el Espacio Económico Europeo o en países con convenio de totalización para desempleo.
Fechas clave de convocatoria y cuándo empieza a contarte el plazo
El plazo general para solicitar esta ayuda es de tres meses desde el agotamiento de la prestación por desempleo. ¿Vas justo de tiempo? No te despistes: ese margen de tres meses es la referencia. La ayuda puede pedirse desde el momento en que se cumplen los 52 años y se reúnen el resto de requisitos.
Cómo solicitar la ayuda de 480 euros, requisitos, documentación y trámites
La gestión se realiza directamente a través del SEPE. Se puede solicitar de manera presencial en oficinas de empleo o en los registros de cualquier órgano de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas o de entidades locales con convenio. También es posible hacerlo en oficinas de Correos, conforme a la normativa. Por otro lado, está disponible la tramitación online en la sede electrónica del SEPE. En todos los casos, será necesario acreditar las condiciones exigidas y mantener la inscripción como demandante.
¿Prefieres evitar colas? La vía telemática agiliza el proceso, siempre que tengas a mano la información y los justificantes que acrediten que cumples los requisitos.
Qué administración interviene, cómo cotiza a jubilación y por qué importa
El organismo competente es el SEPE, que gestiona el subsidio y su mantenimiento en el tiempo. La cotización a jubilación se realiza sobre una base del 125% del tope mínimo, lo que refuerza la futura pensión durante el periodo de percepción. En consecuencia, es una ayuda doble: aporta ingresos mensuales y mantiene activas las cotizaciones.
Si naciste antes de 1973 y cumples los requisitos, este subsidio puede acompañarte hasta la jubilación, con una cuantía fija y cotización que suma para tu pensión. ¿Cumples los puntos clave? Revisa fechas, requisitos y el canal de solicitud que mejor te encaje.







