El Ministerio de Trabajo mantiene su plan de aplicar la directiva europea de salarios mínimos mediante real decreto, sin pasar por la convalidación del Congreso, lo que abre un nuevo frente con la CEOE y coincide con la negociación de la subida del SMI para 2026.
El departamento que dirige la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, ha sacado a consulta pública previa, hasta el 19 de diciembre, el proyecto de real decreto con el que quiere desarrollar reglamentariamente el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, el que regula el salario mínimo interprofesional. Trabajo argumenta que este artículo “no ha sido, hasta la fecha, objeto de desarrollo” y que “resulta preciso acometer dicha tarea”, mientras que la patronal insiste en que se trata de una reforma sustancial del Estatuto.
Cómo quiere Trabajo desarrollar el salario mínimo y cumplir la directiva europea
El Ministerio de Trabajo apuesta por transponer la directiva europea de salarios mínimos a través de reglamento, es decir, vía real decreto que no requiere la convalidación del Congreso. Para la CEOE, cualquier cambio de este calado debería tener rango de ley y pasarse por el Parlamento, por lo que ya ha avanzado que impugnará las modificaciones que no se aprueben de esta forma.
Según la consulta previa del real decreto, el objetivo es desarrollar el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores y “cumplir con la totalidad de los objetivos prescritos en la norma europea” en materias como negociación colectiva informada, reglas de compensación y absorción en los complementos salariales, valores de referencia, órgano consultivo y tasa de cobertura. En resumen, se trata de encajar el SMI español en el marco que marca la directiva.
Posiciones enfrentadas de Gobierno, CEOE y sindicatos ante la subida del SMI
En paralelo a la transposición de la directiva, el Gobierno debe decidir la subida del salario mínimo interprofesional para 2026. El SMI se fija cada año mediante real decreto, un procedimiento que es potestad del Ejecutivo y que no necesita validación del Parlamento ni acuerdo con los agentes sociales, solo una consulta previa con patronal y sindicatos. Actualmente está situado en 16.576 euros brutos anuales en 14 pagas.
El comité de expertos del salario mínimo que asesora al Ministerio ha planteado dos posibles subidas para 2026, del 3,1 por ciento o del 4,7 por ciento, en función de si el SMI continúa exento de IRPF o si comienza a tributar. Estas cifras se alejan de la propuesta de la patronal, del 1,5 por ciento, y también de la de los sindicatos, que reclaman un aumento del 7,5 por ciento. ¿Quién cederá primero en esta negociación?
Las posiciones están así:
- Comité de expertos: propone subidas del 3,1 o del 4,7 por ciento según el tratamiento fiscal del SMI; CEOE: plantea un incremento del 1,5 por ciento; sindicatos: reclaman una subida del 7,5 por ciento.
Aunque el acuerdo no es jurídicamente necesario, el Gobierno afirma que apuesta por el consenso con los agentes sociales. Sin embargo, se ve más complicado alcanzarlo con la CEOE que con las organizaciones sindicales, sobre todo si el desarrollo de la directiva de salarios mínimos se ajusta a las pretensiones sindicales.
El conflicto sobre pluses y complementos que puede decidir la subida real
El gran caballo de batalla para los sindicatos está en la absorción de pluses y complementos. Su exigencia es clara: impedir que las empresas neutralicen la subida del salario mínimo mediante la absorción de estos conceptos, algo que la normativa permite hoy y que el propio Ministerio de Trabajo quiere limitar. En la práctica, se intenta evitar que la mejora se quede en papel mojado.
Yolanda Díaz ha asegurado que el real decreto en consulta pública “blindará” legalmente que no se pueda absorber la subida del SMI vía pluses o complementos. La ministra puso un ejemplo muy gráfico: “Si una persona cobra un plus de peligrosidad ese plus no debe desaparecer cuando sube el SMI (…) Vamos a subir el SMI y lo vamos a blindar para que la subida sea real”. Dicho de forma sencilla, se quiere que el incremento del salario mínimo se note de verdad en la nómina.
La directiva europea no menciona de forma expresa la absorción de complementos. En cambio, el artículo 26.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que “operará la compensación y absorción cuando los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables para los trabajadores” que los fijados en la norma o el convenio de referencia. La jurisprudencia avala esta regla, salvo para los complementos que no guardan relación con las condiciones laborales y que se consideran extrasalariales, como las dietas o las ayudas al transporte.
El resultado es un terreno jurídico complejo donde se cruzan la directiva europea, el Estatuto de los Trabajadores y la futura redacción del real decreto. Al fin y al cabo, lo que está en juego es si la subida del SMI de 2026 será solo un porcentaje más sobre el papel o un aumento efectivo en el bolsillo de quienes lo cobran.







