La empresa consideró que hubo “abuso de confianza” durante su baja médica, pero el tribunal entendió que el gesto se produjo “en un entorno de celebración”.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha declarado improcedente el despido de un camarero al que su empresa cesó en enero del año pasado. El trabajador, que se encontraba de baja por incapacidad temporal desde septiembre de 2023, fue despedido tras acudir en Nochevieja al establecimiento donde trabajaba, entrar en la barra, abrir una botella de champán y servir a sus compañeros.
El TSJ de Castilla y León analiza el despido del camarero en baja temporal
Según se recoge en la información del caso, el empleado inició su baja por incapacidad temporal en septiembre de 2023. A pesar de ello, el último día del año decidió acercarse al local en el que prestaba servicios para felicitar el nuevo año a sus compañeros de trabajo.
Durante esa visita, ya en el interior de la barra, abrió una botella de champán y repartió el contenido entre el personal que se encontraba en el establecimiento. Ese gesto, vinculado a la celebración de Nochevieja, fue interpretado por la empresa como una conducta incompatible con su situación de baja médica.
La empresa entendió que la actuación del trabajador suponía un “abuso de confianza”, al considerar que el camarero estaba realizando una actividad que no se correspondía con su situación de incapacidad. Sobre esta base, decidió extinguir la relación laboral y proceder a su despido en 2024.
De la acusación de abuso de confianza al contexto festivo según la justicia
Disconforme con la decisión empresarial, el trabajador optó por impugnar el despido ante la jurisdicción social. El caso terminó llegando al TSJ de Castilla y León, que revisó tanto los hechos como los argumentos esgrimidos por la compañía para justificar la rescisión del contrato.
El máximo órgano judicial castellanoleonés acabó fallando a favor del camarero. Los magistrados entendieron que su actuación se enmarcaba “en un contexto festivo” y “en un entorno de celebración”, y no en un escenario propiamente laboral, como pretendía la empresa en su recurso, que fue finalmente rechazado.
De este modo, el tribunal concluyó que no quedaba acreditado ese “abuso de confianza” que la empresa alegaba para sostener el despido del trabajador mientras estaba de baja médica.
Claves del despido improcedente y requisitos formales para las empresas
La resolución del TSJ de Castilla y León califica el cese como despido improcedente. A diferencia de otros supuestos, este tipo de despido puede ser recurrido por la persona trabajadora ante el Juzgado de lo Social, que es quien debe valorar si la empresa ha actuado correctamente al extinguir el contrato.
Para que un despido sea declarado improcedente por una posible mala ejecución empresarial, deben darse determinadas circunstancias. Según informa el Ministerio de Trabajo, la falta de acreditación del “incumplimiento para el despido o cuando no se hubieren cumplido las exigencias formales establecidas” son dos de las causas que pueden llevar a esta calificación.
En este sentido, el caso del camarero en baja médica que abrió una botella de champán en Nochevieja recuerda a las empresas la importancia de fundamentar adecuadamente las decisiones de despido y respetar los requisitos formales exigidos, especialmente cuando la conducta discutida se produce en un contexto claramente festivo y no estrictamente laboral.







