El Servicio Público de Empleo Estatal enviará cartas informativas a quienes puedan pasar del subsidio por desempleo al Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social.
El SEPE gestiona las prestaciones por desempleo, incluidos los subsidios que cada mes llegan a cientos de miles de ciudadanos. Son ayudas con una duración determinada y que, una vez agotadas, no pueden seguir cobrándose. Sin embargo, para determinados beneficiarios mayores de 23 años existe la posibilidad de dar el salto al Ingreso Mínimo Vital (IMV) mediante un procedimiento específico de transición entre ambas prestaciones.
Requisitos del SEPE para pasar del subsidio por desempleo al Ingreso Mínimo Vital
Esta transición del subsidio por desempleo a la prestación de Ingreso Mínimo Vital se aplica a las personas que cobran el subsidio extraordinario por desempleo y la Renta Activa de Inserción. El propio organismo ha explicado que se trata de una actuación para facilitar el cambio al IMV cuando se cumplen ciertos requisitos. Antes de ver los pasos, conviene tener claro quién puede acogerse. ¿Formas parte de los posibles beneficiarios? Estos son los requisitos que se exigen:
- Ningún miembro de la unidad de convivencia puede estar cobrando el Ingreso Mínimo Vital.
- El beneficiario debe ser mayor de 23 años.
- En el caso de subsidio sin responsabilidades familiares, no tener cónyuge o pareja de hecho ni convivir con otra persona: nadie puede estar empadronado en el mismo domicilio.
- En el caso de subsidio con responsabilidades familiares, convivir exclusivamente con las personas que se tuvieron en cuenta para el reconocimiento y mantenimiento del subsidio, sin otras personas empadronadas.
La clave está en la edad mínima, en que nadie de la unidad de convivencia esté ya percibiendo el IMV y en respetar las condiciones de convivencia que se tuvieron en cuenta al reconocer el subsidio.
Pasos que deben seguir los mayores de 23 años para cobrar el IMV
Una vez cumplidos los requisitos, ¿cómo se pasa del subsidio por desempleo al Ingreso Mínimo Vital? El SEPE detalla un procedimiento muy concreto que comienza antes de que se agote la ayuda. Durante el trimestre previo al agotamiento definitivo del subsidio, el organismo enviará al ciudadano una carta informativa sobre la posibilidad de hacer la transición hacia el IMV. Es una especie de aviso previo para que la persona conozca la opción y pueda preparar el trámite con tiempo. Para entender mejor las fases del proceso, se puede resumir en la siguiente tabla:
| Momento del proceso | Actuación principal |
|---|---|
| Trimestre previo al agotamiento del subsidio | El SEPE envía una carta informativa sobre la posibilidad de transición al Ingreso Mínimo Vital |
| Antes de la fecha de agotamiento del subsidio | La persona pide cita previa en su oficina de prestaciones si quiere cobrar el IMV |
| En la cita de la oficina de prestaciones | El ciudadano se identifica y firma una declaración responsable para permitir que el SEPE traslade sus datos |
| Tras la confirmación de la fecha de agotamiento | El SEPE confirma el agotamiento del subsidio y remite la información a la Seguridad Social |
De esta forma, el expediente pasa de manos del SEPE a la Seguridad Social, que es la encargada de gestionar el Ingreso Mínimo Vital. Dicho en plata: el ciudadano autoriza al SEPE para que envíe sus datos y sea la Seguridad Social quien continúe el trámite.
Qué ocurre cuando la Seguridad Social tramita el Ingreso Mínimo Vital tras agotar el subsidio
A partir de ese momento, es la Seguridad Social quien realiza las comprobaciones pertinentes. Según se explica, este organismo dictará una resolución en un plazo máximo de seis meses desde el agotamiento del subsidio por desempleo. ¿Qué pasa si pasa ese tiempo y no llega ninguna respuesta? La ausencia de comunicación tras esos seis meses se considera silencio administrativo, lo que significa que la prestación del Ingreso Mínimo Vital habrá sido denegada.
Por tanto, para las personas mayores de 23 años que agotan su subsidio extraordinario o la Renta Activa de Inserción, esta vía de transición supone una posibilidad real de seguir contando con una ayuda económica, siempre que respeten los requisitos de convivencia y autoricen el envío de sus datos a la Seguridad Social dentro de los plazos previstos.







