Aunque la norma marca una edad mínima general, la Seguridad Social detalla supuestos en los que jóvenes de 18 a 22 años e incluso menores pueden acceder al IMV si cumplen el resto de requisitos.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es un sustento imprescindible para cientos de miles de familias y más de dos millones de personas en España. Aun así, todavía hay posibles beneficiarios que no saben que pueden solicitar esta renta garantizada, como ocurre con quienes tienen menos de 23 años.
Excepciones del Ingreso Mínimo Vital para menores de 23 años y casos especiales
La Ley del Ingreso Mínimo Vital indica en su artículo 4 que podrán ser beneficiarias del IMV “las personas de al menos 23 años”. Sin embargo, la propia normativa contempla excepciones y la Seguridad Social las recoge de forma específica en su información oficial. Ojo, porque la edad no siempre es la barrera que parece. Según esa información, el requisito de edad no se aplica en estos casos:
- Mujeres mayores de edad que hayan sido víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.
- Personas de entre 18 y 22 años procedentes de centros residenciales de protección de menores, bajo tutela de Entidades Públicas de protección de menores durante los tres años anteriores a la mayoría de edad, o huérfanos absolutos si viven sin integrarse en una unidad de convivencia.
- Personas sin hogar.
- Personas mayores de edad o menores emancipadas si tienen hijos menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente, o huérfanos absolutos si son los únicos miembros de la unidad de convivencia.
¿Te encuentras en alguno de estos supuestos y pensabas que no podías pedir el IMV por tu edad? Pues conviene revisar bien la letra pequeña.
Requisitos de residencia legal y vulnerabilidad económica para solicitar el Ingreso Mínimo Vital
Más allá de las excepciones por edad, la normativa exige acreditar residencia en España legal y efectiva, de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud. No obstante, hay situaciones en las que ese requisito de un año no se aplica. Para verlo de un vistazo, estas son las claves que aparecen en la normativa y en la información de la Seguridad Social:
| Requisito | Regla general | Excepciones indicadas |
|---|---|---|
| Edad | Tener al menos 23 años | No se aplica en los supuestos recogidos por la Seguridad Social (violencia de género o trata, jóvenes 18-22 desde centros de protección, personas sin hogar, mayores o emancipadas con menores a cargo o situaciones de orfandad absoluta en determinados casos). |
| Residencia en España | Un año previo, continuado e ininterrumpido | Menores incorporados a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción, reagrupación familiar de hijos e hijas, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente; víctimas de trata y explotación sexual; mujeres víctimas de violencia de género. |
| Vulnerabilidad económica | Acreditar insuficiencia de ingresos y rentas | Se valora la capacidad económica individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros, según los criterios indicados. |
Después está el punto que suele ser decisivo: la vulnerabilidad económica. La Seguridad Social tiene en cuenta la capacidad económica de la persona solicitante o de su unidad de convivencia, sumando los recursos de todos los miembros. Solo se acredita si el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior es inferior, al menos en 10 euros, a la cuantía mensual que corresponda según la modalidad y el número de miembros.
Cuantías del Ingreso Mínimo Vital según unidad de convivencia y número de menores
Los límites dependen del número de integrantes de la unidad de convivencia y de cuántos menores de edad formen parte de ella. En la práctica, el Ingreso Mínimo Vital puede situarse entre 733,6 y 1.775,31 euros mensuales, con cuantías que varían en función de esa composición. En pocas palabras: si eres menor de 23 años, la pregunta clave no es solo “¿tengo edad?”, sino “¿encajo en alguna excepción y cumplo residencia y vulnerabilidad?”. A veces, por desconocimiento, se queda dinero sobre la mesa.







