Catorce municipios de la costa barcelonesa ya pueden sancionar el consumo de tabaco en la arena. La reincidencia puede elevar la multa hasta los 1.500 euros en determinadas localidades.
Las playas sin humo han dejado de ser únicamente una campaña de sensibilización. Durante este verano de 2026, un total de 14 ayuntamientos del área de Barcelona cuentan con ordenanzas que permiten multar a quienes fumen en los arenales afectados, con sanciones que pueden alcanzar los 750 euros en las infracciones leves.
Estos son los 14 municipios de Barcelona que ya pueden multar por fumar
Barcelona, Calella, Caldes d’Estrac, Cubelles, El Masnou, Sitges, Sant Andreu de Llavaneres, Sant Pol de Mar, Cabrera de Mar, Canet de Mar, Gavà, Premià de Mar, Sant Adrià de Besòs y Malgrat de Mar forman el grupo de localidades con capacidad sancionadora durante esta temporada de baño en las playas.
Barcelona comenzó con una prueba piloto en 2021 y amplió la prohibición a todas sus playas en el año 2022. Desde entonces, la regulación se ha extendido por el litoral. La Diputación de Barcelona calcula que 22 municipios costeros habrán aprobado estas ordenanzas antes de que termine 2026, lo que afectará a 93 playas y 48,6 kilómetros de costa.
La adhesión a una campaña provincial no permite multar automáticamente. Cada ayuntamiento debe incorporar la prohibición y su correspondiente régimen sancionador a una ordenanza municipal. De la misma manera ocurre en la provincia de Barlcelona con ir sin camiseta por la vía pública.
Las multas por fumar en la playa cambian según cada ordenanza municipal
Las cuantías no son iguales en todas las localidades. Sitges considera esta conducta una infracción leve sancionable con hasta 300 euros, mientras que Canet de Mar establece un máximo de 400 euros. En Caldes d’Estrac la multa puede llegar a 600 euros.
El Masnou contempla sanciones de entre 100 y 750 euros. Sant Andreu de Llavaneres también fija un límite de 750 euros para las infracciones leves, una de las cantidades más elevadas entre los municipios que ya aplican la prohibición.
En Barcelona, la ordenanza establece que los agentes deben advertir primero al fumador. La denuncia se formaliza cuando la persona persiste en su conducta después del requerimiento, por lo que la actuación inicial mantiene un carácter informativo.
La situación de los vapeadores no es idéntica en todos los municipios. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anuló en 2025 la parte de la normativa barcelonesa que impedía utilizar cigarrillos electrónicos, mientras que otras ordenanzas, como las de Caldes d’Estrac o Sant Andreu de Llavaneres, sí los incluyen expresamente.
La reincidencia puede elevar algunas sanciones municipales hasta los 1.500 euros
Las consecuencias económicas aumentan cuando existen incumplimientos repetidos o la conducta pasa a considerarse grave. Sant Andreu de Llavaneres establece multas de entre 751 y 1.500 euros para las infracciones graves y tiene en cuenta la comisión de más de una infracción durante el año anterior.
Caldes d’Estrac reserva sanciones de entre 600,01 y 900 euros para las faltas graves, mientras que las muy graves pueden llegar a 1.500 euros. La reiteración figura entre los criterios utilizados para determinar la cuantía final.
Montgat, Pineda y Vilassar podrían empezar a sancionar durante este verano
El número de municipios con capacidad sancionadora todavía puede aumentar. Montgat, Pineda de Mar y Vilassar de Mar están completando la tramitación de sus ordenanzas y podrían comenzar a multar antes de que finalice la temporada de baño.
Otros ayuntamientos continúan preparando normas similares para ampliar los espacios libres de humo. Badalona y Castelldefels permanecen fuera de la iniciativa provincial y mantienen permitido fumar en la arena.
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