La Seguridad Social paga 733,60 euros de Ingreso Mínimo Vital a mayores de 30 años que acrediten esta condición

Logo autor infoemplea2.com
Fecha de publicación: 5 de octubre de 2026
Síguenos
Sede del Instituto Nacional de la Seguridad Social

La solicitud individual exige acreditar independencia del domicilio familiar, salvo excepciones. La renta garantizada del ingreso mínimo vital es de 733,60 euros mensuales para una persona sola en 2026.

Los mayores de 30 años que soliciten individualmente el ingreso mínimo vital no necesitan acreditar doce meses de alta laboral. Sí deben demostrar, salvo excepciones, un año de domicilio distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores. Esta distinción ya figuraba en el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo. La información oficial mantiene este requisito y fija en 733,60 euros mensuales la renta garantizada individual de 2026.

La independencia exigida cambia según la edad del solicitante

Los requisitos del IMV distinguen entre quienes tienen de 23 a 29 años y quienes superan los 30. El primer grupo debe acreditar dos años de vida independiente y doce meses de alta dentro de ese periodo, continuados o no. Para los mayores de 30 se exige un año fuera del domicilio de sus progenitores, tutores o acogedores. No se les impone aquella condición adicional de alta. Fuera de las excepciones, tampoco basta con mudarse unos días antes de presentar la solicitud.

La independencia se comprueba con datos del Instituto Nacional de Estadística o mediante un certificado de empadronamiento histórico y colectivo. Existen excepciones cuando la convivencia termina por fallecimiento de los progenitores, tutores o acogedores. También se contemplan supuestos de violencia de género, personas sin hogar, separación o divorcio y víctimas de trata o explotación sexual. La vía individual exige, además, no formar parte de otra unidad de convivencia ni estar unido como pareja de hecho. Como regla general, las personas casadas deben haber iniciado los trámites de separación o divorcio.

Los 733,60 euros del ingreso mínimo vital no son un pago fijo

La renta garantizada para una persona sola es de 733,60 euros mensuales en 2026, equivalentes a 8.803,20 euros anuales. La prestación cubre la diferencia entre esa referencia y los ingresos computables, siempre que el resultado alcance al menos 10 euros mensuales. Como regla general, se utiliza el promedio mensual de los ingresos anuales del ejercicio anterior. Para una solicitud de 2026, la referencia ordinaria será 2025. El ingreso mínimo vital no añade automáticamente 733,60 euros a lo que ya se cobra.

Un ejemplo permite distinguir ambos conceptos. Con 400 euros de ingresos computables medios mensuales, el cálculo sería 733,60 menos 400: 333,60 euros de prestación. Con 725 euros, quedarían 8,60 euros, por debajo del mínimo exigido. En este supuesto individual sin complementos, los ingresos computables no pueden superar 723,60 euros mensuales. Son cálculos orientativos que presuponen el cumplimiento de los demás requisitos. El complemento por discapacidad reconocida del 65% o superior incrementa esta referencia un 22%; los ejemplos anteriores no incluyen ese aumento.

La residencia y el patrimonio también pueden impedir el acceso

La residencia legal y efectiva en España debe mantenerse, con carácter general, durante el año anterior a la solicitud. También se examina el patrimonio, aunque la vivienda habitual queda excluida de ese cálculo. Una persona sola queda fuera si su patrimonio neto alcanza los 26.409,60 euros en 2026. Existe otro límite para los activos no societarios, excluida la vivienda habitual: no pueden superar 52.819,20 euros. Por tanto, carecer de nómina no demuestra por sí solo la vulnerabilidad económica necesaria para cobrar la prestación.

La convivencia también cambia la evaluación. Quien viva con familiares que integren su unidad de convivencia deberá computar los recursos del conjunto, no únicamente sus ingresos personales. Las pensiones y las prestaciones computables también entran en esa evaluación, con las exclusiones previstas legalmente. Si los recursos han caído durante 2026, la vía de vulnerabilidad sobrevenida permite solicitarla del 1 de abril al 31 de diciembre. Esta modalidad tiene condiciones adicionales y una regularización posterior. No debe confundirse con una concesión automática por haber perdido el empleo.

Cómo solicitar el IMV y desde cuándo se reconoce el pago

La solicitud puede iniciarse en el portal oficial del IMV, que también permite simular el posible derecho. El resultado del simulador es informativo y no sustituye la resolución. Hay que aportar la identificación, completar los datos requeridos y adjuntar los documentos correspondientes a cada situación. La sede electrónica ofrece tramitación con certificado o Cl@ve y remite también al servicio alternativo del IMV. El teléfono 020 resuelve dudas sobre la prestación. Es importante conservar el justificante de presentación y atender los requerimientos de documentación.

El plazo máximo de resolución es de seis meses; transcurrido sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo. Si se reconoce el derecho, sus efectos económicos comienzan, con carácter general, el primer día del mes siguiente a la solicitud. La prestación continúa mientras se mantengan las condiciones exigidas. Los beneficiarios deben presentar cada año la declaración de la Renta y comunicar los cambios relevantes en treinta días naturales.

El incumplimiento puede provocar suspensión, extinción o devolución de cantidades, según las circunstancias previstas en la normativa del IMV.

Redacción Infoemplea2

Redacción Infoemplea2

Portal especializado en empleo, oposiciones y mercado laboral en España. Más de ocho años informando sobre ofertas de trabajo, ayudas del SEPE, trámites de la Seguridad Social, Hacienda y novedades del BOE para desempleados, trabajadores y empresas.