Las ayudas de escolarización del curso 2026-2027 incluyen atención educativa gratuita para los cursos de uno y dos años. Sin bonificaciones, comedor y horarios ampliados pueden sumar 139,82 euros mensuales.
Las ayudas de escolarización en Andalucía del curso 2026-2027 pueden solicitarse hasta el 31 de octubre dentro del segundo procedimiento. La convocatoria fue aprobada el 30 de marzo de 2026 y publicada en el BOJA el 6 de abril. La Agencia Pública Andaluza de Educación gestiona estas bonificaciones para familias con menores de tres años en centros adheridos. El plazo vigente permite nuevas incorporaciones, pero la gratuidad educativa no elimina siempre los gastos de comedor y ampliación horaria.
Qué cubren las ayudas de escolarización para niños de uno y dos años
El curso 2026-2027 extiende la atención socioeducativa gratuita a los niños nacidos en 2025 y la mantiene para los nacidos en 2024. En 2025-2026, la gratuidad general solo comprendía al alumnado de dos años. Se aplica en las escuelas de la Junta y en los centros adheridos; la autorización de una guardería privada no garantiza su participación. La admisión exige, generalmente, 16 semanas cumplidas y vecindad administrativa en Andalucía de alguna persona con tutela o guarda. Existen excepciones autorizadas para menores de esa edad.
Para estos dos cursos, la atención socioeducativa comprende el horario de 9.00 a 15.30 horas. Aunque el comedor se presta dentro de esa franja, tiene una tarifa independiente. En los centros adheridos, la ayuda se abona al centro y la familia paga la diferencia mensual. Este sistema reduce la factura escolar y tiene un funcionamiento distinto al complemento de ayuda infantil. Puede coexistir con otras subvenciones para la misma finalidad si se comunican y no se supera el coste del servicio.
El comedor y los horarios ampliados pueden sumar 139,82 euros mensuales
El comedor cuesta 92 euros mensuales antes de aplicar las bonificaciones correspondientes. El aula matinal y el aula de tarde tienen una tarifa de 23,91 euros cada una. Estos últimos importes proceden del acuerdo aprobado el 1 de julio de 2026 y publicado el 6 de julio. La primera ampliación comprende de 7.30 a 9.00 horas; la segunda, de 15.30 a 17.00 horas. Para los cursos de uno y dos años, las cuotas quedan así:
| Servicio | Precio mensual sin bonificación |
|---|---|
| Atención socioeducativa | 0 euros |
| Comedor | 92 euros |
| Aula matinal | 23,91 euros |
| Aula de tarde | 23,91 euros |
Una familia sin descuentos que contrate comedor y ambas ampliaciones pagaría 139,82 euros al mes: 92 más 23,91 más 23,91. Con comedor y una sola ampliación, serían 115,91 euros. Son cálculos para esos servicios, sin incluir compras voluntarias ni otros gastos familiares. Si se solicita la deducción por gastos de guardería, también importa distinguir qué parte se ha subvencionado. La Agencia Tributaria limita ese incremento fiscal al gasto efectivo no subvencionado, siempre que se cumplan sus requisitos.
La renta decide los descuentos del comedor y las ayudas para bebés
El comedor puede ser gratuito cuando la renta anual por persona sea inferior a 4.200 euros. En familias monoparentales, el umbral es inferior a 6.300 euros. También existen supuestos protegidos, como circunstancias sociales graves o situaciones de violencia de género. Para los cursos de uno y dos años, las reducciones por renta llegan hasta 10.920 euros por persona. Superada esa cifra, no hay bonificación del comedor por ingresos. La gratuidad de ambas ampliaciones horarias tampoco es simultánea: la exención de tarde exige no utilizar aula matinal.
Los bebés del primer curso mantienen bonificaciones según la renta y las circunstancias familiares, sin gratuidad universal. Para calcular los descuentos del procedimiento extraordinario se utilizan los datos económicos de 2025; en el ordinario se tomaron los de 2024. La renta computable se divide entre los miembros de la unidad familiar. No debe confundirse con el sueldo bruto de un único progenitor. El IPREM anual de referencia es de 8.400 euros. La asistencia al centro es obligatoria y deben comunicarse cambios. Falsear las condiciones puede provocar la devolución de la ayuda.
Cómo solicitar la ayuda antes del 31 de octubre y qué ocurre después
Este segundo procedimiento se dirige al alumnado que no formalizó matrícula en un centro adherido durante los procedimientos iniciales de reserva o admisión ordinaria. Después habrá periodos en noviembre-diciembre de 2026, enero-febrero, marzo-abril y mayo-junio de 2027. Por tanto, el 31 de octubre no cierra toda la convocatoria. Cada menor solo puede participar en uno de los cinco procedimientos posteriores. La ayuda tiene efecto desde su presentación, de modo que esperar otro periodo puede retrasar la bonificación.
La solicitud se presenta en el centro adherido donde se pide plaza o por vía electrónica a través del portal de la Junta. Debe identificar los servicios solicitados y acreditar las circunstancias declaradas, salvo documentación válida aportada previamente. Todos los miembros familiares con 16 años cumplidos al 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente deben autorizar la consulta tributaria. Esa autorización es obligatoria para conceder la ayuda. Si se deniega, deben seguirse el recurso, órgano y plazo.