Almería amplía su oferta de empleo público a 91 plazas e incluye 22 de Policía Local por turno libre

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Fecha de publicación: 18 de octubre de 2026
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Fachada principal del Ayuntamiento de Almería.

La oferta de empleo público crece un 18,2% respecto a junio. El anuncio no abre las solicitudes y distingue entre acceso libre, movilidad y promoción interna.

El Ayuntamiento de Almería ha ampliado su oferta de empleo público de 2026 hasta las 91 plazas, tras añadir 14 puestos de Policía Local. El Consistorio comunicó la modificación el 15 de octubre y sitúa en 27 las plazas previstas para este cuerpo. De ellas, 22 corresponden al turno libre y cinco a movilidad. Para los aspirantes, la diferencia es relevante: aprobar la oferta no equivale a abrir el plazo de inscripción.

La oferta de empleo público de Almería crece un 18,2%

El aumento representa un 18,2% sobre las 77 plazas iniciales, según el cálculo de dividir las 14 incorporaciones entre la oferta anterior. La primera aprobación se produjo el 12 de junio y apareció en el BOP del 23 de junio. Por tanto, la novedad es una ampliación de aquella planificación. El reparto actualizado permite identificar qué puestos deberán seguir los lectores interesados en las convocatorias de oposiciones.

Puesto incluido en el bloque de nuevo ingresoPlazas tras la ampliación
Policía Local27, incluidas 5 de movilidad
Bombero13
Auxiliar de Administración General8
Subalterno7
Técnico de Administración General5
Psicólogo5
Vigilante5
Técnico Auxiliar de Bibliotecas3
Inspector del Servicio de Extinción de Incendios1
Animador Cultural1
Total de este bloque75

Las otras 16 plazas corresponden a promoción interna y mantienen su número. Además, la reserva para personas con discapacidad aumenta de cuatro a cinco. El ajuste afecta a vigilantes, donde quedan tres plazas generales y dos reservadas. Las otras reservas figuran en auxiliares administrativos y subalternos. Esta distribución obliga a comprobar el turno de cada puesto antes de preparar la solicitud; las 91 plazas no tienen las mismas condiciones de acceso.

Por qué cinco plazas policiales se reservan a movilidad

La Ley de Policías Locales de Andalucía establece una reserva del 20% para movilidad en la categoría de policía. También ordena descartar los decimales cuando el resultado no sea entero. Aplicado a las 27 plazas anunciadas, el cálculo da 5,4 y deja cinco para este sistema. Las 22 restantes corresponden al turno libre. Así se explica que el refuerzo policial anunciado no equivalga a 27 oportunidades para aspirantes que ingresan por primera vez.

La movilidad permite acceder desde otros cuerpos de Policía Local de Andalucía y exige cumplir condiciones profesionales específicas. Entre ellas figura una antigüedad de cinco años como funcionario de carrera en la categoría. El Ayuntamiento vincula el refuerzo al GRIP, la Unidad Canina, la Unidad de Caballería y los servicios relacionados con movilidad urbana. Las incorporaciones respaldan esos servicios, aunque la oferta no asigna a cada futuro agente una unidad concreta.

Qué se exige para acceder a Policía Local por turno libre

El Decreto 8/2026 establece Bachiller, Técnico o titulación equivalente para la escala básica. También exige nacionalidad española, tener al menos 18 años y no alcanzar la edad de jubilación forzosa. A ello se añaden los permisos de conducción A2 y B, con las condiciones previstas en la norma. Estos requisitos deben reunirse antes de finalizar el plazo de solicitudes. Por eso, disponer del título académico no basta para participar en la futura oposición.

La Ley 6/2023 exige superar pruebas físicas, psicotécnicas, de conocimientos y un reconocimiento médico, además del curso de ingreso. También establece compromisos relativos al uso de armas y limita el acceso por determinadas condenas o sanciones. El decreto desarrolla las pruebas y contempla prácticas tutorizadas. Las bases municipales deberán concretar la documentación, las tasas y el desarrollo del proceso. Los requisitos policiales no deben trasladarse automáticamente a bibliotecas, administración o al resto de categorías.

Qué publicación marcará el plazo para presentar solicitudes

El anuncio de ampliación no fija fechas de inscripción ni de examen. El artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público diferencia la oferta de los procesos selectivos que deben convocarse después. Además, establece un plazo improrrogable de tres años para ejecutar la oferta. Ese límite vincula a la Administración; no concede tres años a los aspirantes para presentar solicitudes. Cada convocatoria tendrá su propio calendario y deberá identificar el momento desde el que empieza a contar.

En Policía Local, la convocatoria surtirá efectos desde el día siguiente al anuncio del BOE, conforme al Decreto 8/2026. Los interesados pueden seguir el tablón municipal de anuncios y comprobar las bases de cada proceso. Antes de inscribirse, deberán verificar el turno, la documentación y el plazo, conservando después el justificante de presentación. La ampliación figura en el comunicado oficial del Ayuntamiento, que debe distinguirse de una convocatoria con inscripción abierta.

Redacción Infoemplea2

Redacción Infoemplea2

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